10/04/2025
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La difamación, ya sea en persona o digitalmente, es una contravención de cuarta clase según el Artículo 396 del COIP de Ecuador. 🚨
📝 ¿Qué implica esto? 🔒 Sanción Penal: La persona que te difamó podría enfrentar de 15 a 30 días de prisión. ⚙ Procedimiento Legal: Te ayudamos a iniciar la denuncia por contravención de cuarta clase. 💼 Reparación Integral: Nos aseguramos de que se cubran todos los gastos y daños ocasionados por la difamación, para que recuperes lo que te corresponde.
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