01/10/2025
Muchos nos han preguntado, si la Sentencia No. 52-25-IN/25 de 26/09/25, en el que se declara la inconstitucionalidad de la LOIP, especialmente sobre los despidos y supresiones de partidas LOSEP, y si el efecto jurídico de dicha inconstitucionalidad revocaria dichos despidos?.
La respuesta es NO, la CCE, basada en el control abstracto de Constitucionalidad, en su análisis de efectos generales de cosa juzgada, señala que dicha sentencia es para lo venidero y no es retroactiva.
No obstante, este precedente jurisprudencial si puede ser sujeto de un tecnicismo jurídico para que de forma individual y peculiar, se pueda deducir una vulneración por el procedimiento.