28/07/2026
¡¡Entérate!!
A partir de junio de 2026, la presentación de la declaración del IVA deberá realizarse conjuntamente con el pago íntegro del impuesto determinado, conforme a lo dispuesto en la Resolución No. NAC-DGERCGC26-00000016.
Cuando el pago no se efectúe en su totalidad, la declaración podrá considerarse como no presentada, incluso si parte de la obligación fue compensada mediante notas de crédito. Esta situación puede generar intereses, multas y otras consecuencias por incumplimiento tributario.
Por el momento, esta disposición no aplica a los contribuyentes registrados en el sistema de compensación fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas ni a los exportadores de bienes y proveedores directos de exportadores activos en el Sistema de Devolución del IVA (SDII), hasta que el SRI adecúe sus sistemas.
Antes de presentar la declaración, es recomendable verificar los valores declarados, los créditos tributarios, las retenciones, las notas de crédito y la disponibilidad de los medios de pago, a fin de ev