30/07/2026
NUEVO REQUISITO EN LOS COMPROBANTES ELECTRÓNICOS
Todos los comprobantes electrónicos deberán incluir en la sección de información adicional el número de RUC del proveedor del sistema informático o servicios de facturación.
Tiempo de implementación: 60 días calendario a partir de la publicación en el Registro Oficial.
CREACIÓN DE UN REGISTRO DE PROVEEDOR DE SISTEMAS
Se crea un registro de proveedores de sistemas informáticos o servicios de facturación electrónica, con el objetivo de identificar formalmente a quienes prestan estos servicios.
Dichos proveedores deben actualizar su RUC y registrar la actividad según corresponda, en el plazo de 30 días, contados a partir de la publicación de la presente resolución en el Registro Oficial.
Para los desarrolladores y dueños del código fuente de sistemas informáticos la actividad será:
J62021002 Planificación, diseño y desarrollo de sistemas para la emisión, transmisión y conservación de comprobantes electrónicos bajo las normas de la Administración del Tributaria del Ecuador
Para los propietarios de licencias y del código fuente de sistemas informáticos de facturación electrónica desarrollados por terceros, la actividad será:
J62021003 Comercialización de sistemas para la emisión, transmisión y conservación de comprobantes electrónicos bajo las normas de la Administración del Tributaria del Ecuador, desarrollados por terceros
NAC-DGERCGC26-00000027