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10/11/2015

PROCESO EJECUTIVO COGEP - TERCERA PARTE SIMULACIÓN DE AUIDIENCIA

10/11/2015

PROCESO EJECUTIVO COGEP

10/11/2015

PROCESO EJECUTIVO COGEP - SEGUNDA PARTE

10/11/2015
10/11/2015

10 señales que podrías ser un buen abogado

¿Tienes pensado matricularte en la Facultad de Derecho? ¿No sabes si tienes madera para convertirte en un buen abogado? En este artículo te presentamos diez signos inequívocos para que valores si algún día podrías llegar a ser un buen abogado. Es posible que existan otros muchos indicios que te pueden ayudar a valorar si eres un buen abogado, pero quizás podemos citar los siguientes como los principales. Entremos en materia.
1. Te encanta discutir.
Si eres una persona a la que en su día a día le gusta una buena discusión para ver quién tiene la razón en cada caso, te gusta debatir desde quién es el mejor pianista del mundo hasta cuál es el mejor restaurante de su ciudad o si hay buenos restaurantes en la ciudad, entonces, anótate un tanto. Uno de los puntos fuertes de un buen abogado es la argumentación. Los abogados argumentan constantemente; lo hacen con la parte contraria, con otros abogados, con los Jueces y Tribunales, con los funcionarios, con las compañías de seguros y hasta con sus propios clientes. La práctica del Derecho es intrínsecamente contradictoria, por lo que si te gusta una buena discusión, bien argumentada, el área del derecho puede ser una buena opción.
2. Te encanta escribir.
Si te gusta escribir y eres bueno en ello deberías considerar el hecho de convertirte en abogado. Los abogados están continuamente escribiendo. Los abogados se pasan el día redactando alegaciones, recursos, contratos, solicitudes y cientos de comunicaciones escritas al año. La escritura fluida es una buena característica para un abogado. Así que ya sabes, si te gusta escribir, estás más cerca de tener todas las cualidades de un buen abogado.
3. Eres un adicto al trabajo.
Deberías saber que muchos abogados son adictos al trabajo (no sabemos si por gusto o por necesidad profesional). De hecho hay abogados que trabajan de la mañana a la noche, excediendo por mucho una jornada profesional normal o al uso. Para asegurarte el éxito en el campo de la abogacía, debes trabajar (y mucho), por lo que se hace necesario hacer algunos sacrificios, entre ellos el exceso en el horario laboral. Si no te importa trabajar desde las primeras luces hasta bien entrada la noche, el campo del Derecho podría ser el tuyo.
4. Eres un buen negociador.
Los abogados negocian todos los días. Los abogados negocian a todas horas. En la mayoría de procedimientos, los acuerdos entre las partes son parte esencial. Por ello, unas buenas aptitudes negociadoras influirán muy positivamente en el rendimiento de un abogado. Existen muchas circunstancias en las que la mediación debería ser parte obligada, evitando pasar a mayores con otros procedimientos más largos y lesivos para las partes. Esta es otra de las características que te ayudarán a cumplir eficazmente con las funciones de un abogado.
5. Lo tuyo es la persuasión.
Este factor es muy importante especialmente en ciertos procedimientos, como el del Jurado, en el que la forma de presentar el caso y la persuasión que sea capaz de ejercer el letrado sobre los miembros del mismo, son importantísimos para la decisión final en un sentido u otro. El trabajo principal de un abogado es persuadir al resto de los intervinientes en el procedimiento de que la postura que defiende es la correcta. Y todo ello solo podrá hacerlo con grandes dosis de persuasión, habilidad y también, por supuesto, de práctica.
6. Tienes una buena coraza emocional.
Todo buen abogado debe tener una buena coraza emocional, una “piel gruesa” o “espaldas anchas”, como se suele decir. Ten en cuenta que en su trabajo diario, los abogados se pueden enfrentar a Jueces enfadados y con mal carácter, funcionarios que en ocasiones no tienen un buen día, clientes enojados y despiadados enemigos (que muchas veces son otros abogados). Si tienes una buena coraza, sin duda el trabajo de abogado te resultará mucho más sencillo, ayudándote también a superar el stress que este trabajo produce.
7. Gran capacidad de organización.
Si eres bueno organizando y equilibrando tu tiempo, entonces tienes un gran paso dado para llegar a ser un buen abogado. Como profesional de la abogacía, pasarás tu tiempo entre tu despacho, entrevistas con clientes, papeleos varios, llamadas telefónicas y comparecencias ante el Juez o Tribunal acompañando a tus clientes o colegas de profesión, y como hemos dicho anteriormente, en muchas ocasiones de la mañana a la noche. Debes tener una buena agenda bien estructurada, y lo más importante de todo… jamás te olvides de tu familia, pues es lo primero.
8. Eres persistente.
En muchas ocasiones, la persistencia es una de las grandes virtudes de los grandes abogados. No puedes rendirte nunca. Debes luchar por alcanzar tus objetivos y lograr tus metas. Muchas veces se fallará, pero tras la caída hay que levantarse y volver a intentarlo.Difícilmente todo nos saldrá bien a la primera, por ello hay que ser persistentes en nuestro objetivo final de convertirnos en un gran abogado. Y como se suele decir, nadie nace enseñado.
9. La paciencia es una de tus virtudes.
La práctica del Derecho implica mucho tiempo de espera, tanto a corto como a largo plazo. En el corto, ármate de paciencia en los Juzgados y Tribunales esperando por una documentación, esperando con tu cliente para prestar declaración o por una resolución. En muchas ocasiones, horas y horas interminables con la sola presencia de tu maletín lleno de documentos y tú mismo. En el largo plazo, no esperes obtener respuesta a tus pretensiones en un par de semanas. Existen juicios orales que se demoran años desde la ocurrencia del hecho, por lo que te recomendamos que te armes de paciencia.
10. Tienes cierta agresividad bien entendida.
Recalcamos lo de bien entendida; no queremos boxeadores en los Tribunales… Queremos decir que un cliente quiere un abogado resuelto, decidido, que trabaje con agilidad, sin dar un paso atrás en su firme decisión de ayudar fielmente a su cliente. Los clientes no quieren abogados débiles a su lado, desean tener cerca esos abogados sedientos de triunfo y que no temen a los encontronazos. En resumen, los clientes quieren “pitbulls” no “caniches” a su lado. Los “caniches” tienen poco que hacer en el mundo legal.
Esperamos que estas 10 señales de que podrías ser un abogado, hayan resultado de tu interés, y su lectura amena. Sin embargo, estamos seguros de que nos hemos dejado alguna señal en el tintero. Por eso te pedimos que si tienes alguna idea al respecto nos la hagas saber en forma de comentario. ¡Siempre dispuestos a escuchar a nuestros lectores!

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04/11/2015

TEMA: LEY DE JUSTICIA LABORAL Y RECONOCIMIENTO EN EL HOGAR Y SUS PRINCIPALES REFORMAS AL CÓDIGO DEL TRABAJO.

Nuestra Asamblea Nacional aprobó y en consecuencia se procedió a publicar en el Registro Oficial el 20 de abril del 2015, la muy cuestionada LEY DE JUSTICIA LABORAL Y RECONOCIMIENTO EN EL HOGAR (LOJLRO), la misma que reforma en algunos aspectos legales a nuestro CÓDIGO DEL TRABAJO (CT) en los cuales vale hacer énfasis los que para mi parecer son relevantes: El Art. 2 de la LOJLRO, sustituye el Art. 14 del CT y manifiesta que la modalidad típica de contratación laboral será la CONTRATACIÓN A PLAZO INDEFINIDO, esto implica para la realidad laboral actual eliminarse la modalidad contractual más usada que era la CONTRATACIÓN A PLAZO FIJO en la que se podía estipular un plazo de un o dos años y que ahora ha puesto a la parte EMPLEADORA , a tener que implementar mecanismos de filtro para la selección y el reclutamiento de personal, ya que esta modalidad de contratación limita de una u otra forma la salida del trabajador desde el punto de vista de la terminación de la relación laboral a la parte empleadora en el caso de que este ya no requiera de los servicios del trabajador. Hay que recordar que con la antigua forma de CONTRATACIÓN A PLAZO FIJO daba la pauta de hacer uso del desahucio, mecanismo legal utilizado para dar por terminada la relación laboral para notificar con por lo menos 30 días de anticipación su terminación previo a cumplir el plazo estipulado en el contrato; pero con esta reforma insertada ya solo quedaría a potestad del trabajador presentar su renuncia voluntaria y que esta sea aceptada por el empleador para que surta los efectos jurídicos de la causal estipulada en el Art. 169 numeral 2 del CT “Acuerdo entre las partes”, y el Desahucio de presentación exclusiva del trabajador conforme lo determina el Art. 30 de la LOJLRO que reforma el Art. 184 del CT que señala “ Es el aviso por escrito con el que una persona trabajadora le hace saber a la parte empleadora que su voluntad es la de dar por terminado el contrato de trabajo, incluso por medios electrónicos. Dicha notificación se realizará con al menos quince días del cese definitivo de las labores, dicho plazo puede reducirse por la aceptación expresa del empleador al momento del aviso. También se pagará la bonificación de desahucio en todos los casos en los cuales las relaciones laborales terminen de conformidad al numeral 2 del artículo del artículo 169 de este Código”; con todo lo expuesto solo quedaría que la parte empleadora se limite estrictamente a solo tener solo una forma de terminación de la relación laboral que es la estipulada en el Art. 169 numeral 7 del CT. “Por voluntad del empleador en los casos del artículo 172 de este Código”, que según el tramite a seguir según el Art. 621 del mismo cuerpo de ley ibídem es la SOLICITUD DE VISTO BUENO, lo cual obligaría al empleador a tener un sistema más estricto y disciplinario en relación al cumplimiento de la labor del trabajador, medición de eficiencia y cumplimiento de metas, mediante normas internas para que regulen su desempeño y comportamiento. Dentro del Art. 21 de la LOJLRO que reforma el Art. 111 y Art. 22 de la LOJLRO reforma el Art. 113 del CT, reformas destinadas en si no en la forma de cálculo para el pago de la DECIMATERCERA Y DECIMACUARTA REMUNERACIÓN respectivamente, si no la inserción de una nueva forma de pago de esta remuneración adicional de forma “MENSUALIZADA”, forma que fue bastante discutida por parte de algunos dirigentes sindicales ya que según ellos lo único que iba a dar esta reforma era una falsa percepción de aumento de remuneración, en cambio esta reforma fue defendida por el ejecutivo y legislativo indicando que esto da la pauta para que el trabajador proceda con ese pago mensual a ahorrar en entidades financieras para que incremente sus intereses y por ende su capital. Dentro del Art. 33 del LOJLRO en la cual sustituye el Art. 187 en la cual establece la GARANTÍA PARA DIRIGENTES SINDICALES debemos destacar que habría que destacar dos puntos importante para que sea considerada ineficaz primero tener la calidad de Secretario general del Sindicato u Organización Sindical emitida por el Ministerio del ramo a la fecha del despido, una vez probado esto se declarara su despido ineficaz, pero hay que destacar que si verificamos a nivel nacional cuantos sindicatos están constituidos en el sector privado empresarial, son muy pocos ya que se a estigmatizado de una u otra forma la sindicalización por creer que es depredadora.

27/02/2015

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