M. Ochoa & Asociados

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Nos dedicamos a brindar asesoría y representación legal con integridad, profesionalismo y compromiso.
📍: Miguel Riofrío entre Bolívar y Sucre
Edificio: Profesionales #102

⚖️ Resultado favorable:En el Proceso N° 11804-2019-00254, logramos que se anule la glosa de $57.952,80 impuesta por la C...
23/09/2025

⚖️ Resultado favorable:

En el Proceso N° 11804-2019-00254, logramos que se anule la glosa de $57.952,80 impuesta por la Contraloría General del Estado en contra de nuestro cliente.

En M. Ochoa & Asociados trabajamos con compromiso y estrategia para garantizar la defensa de los derechos de nuestros clientes.

📞 0993111986 - 0991120293
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📍 Edificio Profesionales #103. Miguel Riofrío entre Sucre y Bolivar. Loja, Ecuador

✍🏼 Resultado Favorable: En el año 2006, nuestra clienta adquirió un local comercial con la ilusión de emprender un proye...
18/09/2025

✍🏼 Resultado Favorable:
En el año 2006, nuestra clienta adquirió un local comercial con la ilusión de emprender un proyecto propio.
Poco después, descubrió que el vendedor había falsificado su firma y revendido el mismo bien, por lo que, terceros tomaron posesión del mismo. Desde entonces inició una batalla legal que se extendió por más de 10 años.
Durante este tiempo recorrimos distintas etapas judiciales:
✅ 2015 - 2020: Logramos la nulidad del contrato fraudulento en primera y segunda instancia.
✅ 2020 - 2024: Impulsamos la acción reivindicatoria, con la que los jueces dispusieron que el inmueble regrese a su verdadera dueña.
✅ 2025: En la Corte Nacional de Justicia defendimos con firmeza cada detalle técnico, refutando los tres cargos de casación planteados por la parte contraria. La Corte rechazó el recurso y confirmó las decisiones anteriores.

⚖️ Este triunfo no solo devuelve a nuestra clienta lo que siempre le perteneció, sino que refleja el compromiso de nuestro equipo: un trabajo constante, profesional y personalizado, enfocado en la defensa de los derechos de quienes confían en nosotros.

💡 Casos como este nos recuerdan que, aunque los procesos sean largos y complejos, la verdad y la constancia siempre abren camino hacia la justicia.

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📜   | Corte Constitucional¿Sabías que un procurador judicial sí puede presentar la declaración juramentada que habilita ...
15/08/2025

📜 | Corte Constitucional

¿Sabías que un procurador judicial sí puede presentar la declaración juramentada que habilita la citación por la prensa?
La Sentencia 286-22-EP/25 lo confirma, siempre que el mandato otorgado no limite expresamente esa facultad.

⚖️ Pero ojo: la citación por la prensa es un mecanismo excepcional y solo procede si se cumplen los siguientes requisitos elementos :

1️⃣ Declaración juramentada: debe afirmar que es imposible determinar la identidad o domicilio del demandado, no solo que se desconoce.
2️⃣ Sin solemnidad: La declaración no requiere solemnidades para entenderse como válida, basta que sea señalado en la demanda.
3️⃣ Gestiones razonables: el actor o su procurador debe demostrar todas las diligencias realizadas para ubicar al demandado.
4️⃣ Eficacia real: la prensa debe ser un medio idóneo para garantizar el derecho a la defensa, considerando la situación del demandado.

🔍 En este caso, la Corte determinó que no se agotaron todas las gestiones previas, por lo que declaró la vulneración del derecho a la defensa y dejó sin efecto la sentencia original.

💡 Conclusión: El procurador judicial puede declarar bajo juramento para viabilizar la citación por la prensa, pero el camino previo debe estar respaldado por diligencia y respeto al derecho a la defensa.

📝  📱💻 ¿Cómo se extraen pruebas digitales en un proceso penal? ⚖️🔍La obtención de contenido digital como prueba es clave ...
17/02/2025

📝

📱💻 ¿Cómo se extraen pruebas digitales en un proceso penal? ⚖️🔍

La obtención de contenido digital como prueba es clave en la investigación de delitos, pero ¿sabías que el proceso varía según sea un delito de acción pública o privada? 🤔

En esta publicación te explicamos paso a paso cómo se realiza la extracción de información de dispositivos electrónicos 📲💾

👨‍⚖️ ¿Qué dice la ley?
🔎 ¿Quiénes pueden extraer la información?
✅ ¿Cómo asegurar que la prueba sea válida?

Desliza y descubre todo lo que necesitas saber sobre este proceso en el ámbito penal. ¡No te lo pierdas! ⚡💡

✍🏼 Resultado favorable: En abril de 2022, asumimos la defensa de M.A., procesado injustamente por el delito de tortura e...
25/11/2024

✍🏼 Resultado favorable:

En abril de 2022, asumimos la defensa de M.A., procesado injustamente por el delito de tortura en un caso que inició tras los trágicos hechos ocurridos en la parroquia Gualel en 2020. Durante la audiencia de juzgamiento, demostramos que M.A. no tuvo dominio sobre los hechos, no instigó la violencia y que su conducta no se adecuó al tipo penal del delito de tortura.

🔍 ¿Cómo lo logramos?
✅ Testimonios confiables evidenciaron que M.A. intentó detener las agresiones, en lugar de participar en ellas.
✅ Desacreditamos testimonios sesgados que buscaban involucrarlo sin pruebas claras.
✅ Argumentamos con firmeza que su conducta no cumplía con los elementos del delito de tortura, ya que nunca infligió ni ordenó infligir sufrimiento.

💡 El resultado: el Tribunal Penal de Loja dictó sentencia absolutoria a favor de M.A., reconociendo que no puede atribuirse responsabilidad penal sin pruebas claras que demuestren la adecuación de la conducta al tipo penal.

Un caso que reafirma la importancia de un derecho penal justo y basado en hechos comprobables. 🙌⚖️

✍🏼 Resultado favorable: En esta publicación te explicamos un caso en el que la aplicación precisa de los tiempos procesa...
29/10/2024

✍🏼 Resultado favorable:
En esta publicación te explicamos un caso en el que la aplicación precisa de los tiempos procesales nos permitió desestimar una querella propuesta contra nuestro cliente, te contamos más 👇🏻

🕰️ En 2023, la madre una joven de 17 años presento una querella por el presunto delito de estupro, señalando a su hija como la supuesta víctima.

📋 Días después, un joven de 19 años es citado con tal acusación, con la preocupación que conllevaba tales cargos acudió a nosotros para solicitar nuestra representación.

⚖️ Durante la sustanciación del proceso, previo al señalamiento de audiencia, cumplimos con la presentación de pruebas documentales y testimoniales.

🗓️ Sin embargo, con el pasar de los días, la querellante dejó de impulsar el proceso cuando se podía colegir que por el estado del mismo, era necesaria la expresión de voluntad de la querellante y el impulso del proceso, responsabilidad propia al tratarse del ejercicio de una acción penal privada.

📖 De acuerdo a lo que dicta el Art. 651 del COIP, el abandono de la querella se entiende si el/la querellante deja de impulsarlo por 30 días, cuestión que en el caso en particular se cumplió.

📇 Por lo que solicitamos al juez de la unidad penal competente el archivo de la causa. Pese a la oposición de la querellante, quien argumentaba que no se habían cumplido los plazos para declarar abandona la causa.

👩🏻‍⚖️ Así es como, en el presente año, el juez penal de la Unidad Judicial del cantón Loja declaró abandonada la acusación contra nuestro cliente. (puedes leer un extracto de la resolución en nuestra publicación 👆🏼).

📑 La constante actualización y estudio de la normativa nos permitió identificar el cumplimiento del plazo establecido para poder solicitar el abandono de la causa.

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Sobresesimiento dictado en el proceso Nro. 11313-2020-00066. 🚚 En el año 2018, una agencia Courier de la ciudad de Cuenc...
29/08/2024

Sobresesimiento dictado en el proceso Nro. 11313-2020-00066.

🚚 En el año 2018, una agencia Courier de la ciudad de Cuenca, comunica a las autoridades de un paquete que supuestamente contenía sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, del cual el remitente presuntamente era “A”, nuestro cliente.

📦 Dicho paquete fue abierto y revisado sin la debida autorización del fiscal de turno, según lo establece el procedimiento correspondiente contenido en el COIP.

🌳 Por lo que, se contaminó la cadena de custodia y dicho paquete no podía ser utilizado como medio probatorio, en razón de lo que establece la “Teoría del fruto del árbol envenenado”.

👨🏻‍⚖️ Por lo que, el juez dicta un SOBRESEIMIENTO para nuestro cliente en la etapa preparatoria, fundamentándose en la mencionada teoría que en la práctica del presente caso se materializó así:

🍎 El árbol envenado vendría hacer la correspondencia que fue retenida y abierta sin autorización judicial, y sus frutos:
- acta de pruebas de identificación preliminar homologada
- acta de verificación y pesaje de la sustancia aprehendida
- acta de entrega de evidencias a la bodega de la UASZ-AZUAY
- formulario de cadena de custodia
- informe pericial químico

⚖️ También estarían envenenados, de modo que deben ser excluidos como elementos de convicción para la demostración de la materialidad de la infracción, y así no se podría demostrar el elemento normativo del tipo penal en relación a la existencia de una sustancia estupefaciente.

No dudes en contactarnos para una asesoría personalizada a tu caso.
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✍🏼 Resultado favorable:En esta publicación te presentamos un caso en materia penal propuesto bajo motivaciones espurias....
12/08/2024

✍🏼 Resultado favorable:

En esta publicación te presentamos un caso en materia penal propuesto bajo motivaciones espurias.

👨🏻‍🏫 En 2022, “A” quién era docente, recibe una notificación por la FGE, indicando que constaba como sospechoso en un proceso de Abuso Sexual.

“A” con el temor de haber sido acusado por un delito que no cometió, se comunica con nosotros.

📂 Al revisar el caso, encontramos motivaciones espurias, a raíz de una retaliación por una medida disciplinaria que había recibido “B” (denunciante), como estudiante.

🗄️ Se cumplió con el desarrollo de versiones, el reconocimiento del lugar de los hechos y el testimonio anticipado de la supuesta víctima. En esta última diligencia, determinamos una ausencia de incredibilidad subjetiva, por la contradicción entre la denuncia y el testimonio anticipado.

🏢 Fiscalía al no contar con los elementos de convicción suficientes para formular
cargos, solicito el archivo de la investigación previa

⚖️ El análisis personalizado del caso, realizado por nuestro estudio jurídico, permitió devolver la
tranquilidad de nuestro cliente y evitar que se manche su imagen por actos que nunca
sucedieron.

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Acción redhibitoria en caso N°11331-2022-00887, con un resultado favorable en primera instancia:🛣️ En el año 2022, S. T....
30/07/2024

Acción redhibitoria en caso N°11331-2022-00887, con un resultado favorable en primera instancia:

🛣️ En el año 2022, S. T., quien residía en Estados Unidos, realizó la compra de un lote de terreno a J. A. asegurando que, a pesar de que el bien inmueble se encontraba junto al Aeropuerto Ciudad de Catamayo, podría construir una casa de hasta 4 pisos.

🚧 Ese mismo año, S. T., al iniciar la tramitación de permisos, descubrió la verdad. La DAC disponía una altura máxima de 4,5 m para la construcción en su ahora lote de terreno, ya que se encontraba en la esquina contigua a la pista. Además, la DAC aseguró que el señor J. A. era conocedor del estado del bien y que solo obtuvo permiso para implementar postes de luz eléctrica.

📄 Adicionalmente, a través de una garantía de acceso a la información pública signada con el N° 11258-2022-00272, propuesta por nuestro equipo jurídico, se solicitó al GAD Catamayo que facilitara la documentación sobre el supuesto proceso de urbanización donde se encontraba el bien inmueble. Dicha institución solo certificó que la subdivisión del lote en cuerpo cierto se dio bajo la figura de uso agrícola del suelo y no para la construcción dentro de los mismos, sin adjuntar ningún documento sobre la “urbanización”.

📑 A finales del año 2022, el señor S. T. se comunicó con nosotros para consultar qué acción cabía en el presente proceso. Tras un análisis personalizado de su caso, se le asesoró la propuesta de una acción redhibitoria por encontrarse vicios ocultos dentro de la compra realizada, con el fin de solicitar la rescisión del contrato, la cual se signó con el N° 11331-2022-00887.

👨🏻‍⚖️ El análisis del juzgador rescató los vicios ocultos sobre el bien por parte de J. A., desde el no indicar las restricciones de altura e incluso el aseverar que el lugar ganaría plusvalía por la calidad de internacional del Aeropuerto, generando expectativas erróneas que J. A. sabía no podrían cumplirse.
⚖️ Por lo que, mediante sentencia de fecha 22 de julio de 2024, se obtuvo un resultado favorable en primera instancia, se aceptó la presente demanda y se dispuso la rescisión del contrato, volviendo las cosas al estado anterior del negocio jurídico, disponiendo devolución de los 48,000$, valor del lote.

ℹ️ En esta nueva sección te brindamos información de interes acerca de acciones que puedes aplicar en derecho, sigue nuestras páginas para no perderte esta interesante información

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✍🏻 Resultado favorable: En esta publicación te explicamos un caso en el que el análisis de las excepciones previas evitó...
10/07/2024

✍🏻 Resultado favorable:
En esta publicación te explicamos un caso en el que el análisis de las excepciones previas evitó un cobro injusto.

🚜 En el 2017, el GAD Calvas convocó a proceso de licitación se obras, el cual se adjudicó al Consorcio “Asfaltos del Sur & Asociados” integrado por la compañía Asfaltos del Sur (siendo su representante legal O.M.) y, por otra parte, nuestro cliente C.C.

🧾O.M. emitió facturas a dicho consorcio como persona natural por un valor mayor a 100.000$. Una vez disuelto el consorcio, O.M. cedió los derechos de cobro a J. F. pretendiendo perjudicar a nuestro cliente C.C.

⚖️ J.F. a través de dos procesos (11333-2021-03319 y 11333-2021-03320) demanda el cobro de las facturas al Consorcio.

👨🏻‍⚖️ Como abogados de C.C., en el presente proceso realizamos un análisis detallado empezando por las excepciones previas, en ambos casos el cobro de las facturas materia de la litis se encontraban prescritas ya que habían transcurrido más de dos años, lo que impedía a J.F. pretender efectuar un cobro.

📁En M. Ochoa & Asociados realizamos un análisis particular en cada caso con el fin de brindarte una atención personalizada y de calidad.
No dudes en contactarnos para tu asesoría legal.

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24/06/2024

¡Bienvenidos a M. Ochoa & Asociados en redes sociales!

En nuestro estudio jurídico, nos especializamos en proporcionar asesoramiento legal, integral y soluciones efectivas para nuestros clientes. Estamos comprometidos con la excelencia profesional y el servicio personalizado.

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