13/06/2019
HACIA LA DEGENERACIÓN DEL DERECHO
Como característica resultante de confrontar el vulgo jurídico frente a la interpretación extrema de la normativa tenemos como consecuencia la DEGENERACION DEL DERECHO, haciendo que nos preguntemos ¿el derecho está en evolución o está involucionando?
Uno de los principios que se están malinterpretando es el principio de igualdad ante la ley, que en su estado natural infiere trato igual a la condición de persona mas no de género; es decir, la misma pena para el que asesina si es hombre la misma pena para el que asesina si es mujer.
-Para la doctrina, el principio de igualdad, no tiene un carácter absoluto, no concede un derecho a ser equiparado a cualquier individuo sin distinción de circunstancias, sino que más bien permite exigir que no se hagan diferencias entre dos o más personas que se encuentren en una misma situación jurídica o en condiciones idénticas, sin que pueda pretenderse un trato igual cuando las condiciones o circunstancias son desiguales.
Una cosa muy específica es tratar a las personas por igual y otra muy distinta es tartar de hacerlas iguales; Aristóteles decía,” Trato igual a los iguales y trato desigual a los desiguales”.
El matrimonio es una institución eminentemente heterosexual, así lo determina la real academia de la lengua española.
Cuando a las parejas del mismo sexo se le niega el derecho al matrimonio no es que se les está dando trato desigual ante la ley ni se les está discriminando, porque si vamos estar con ese criterio antojadizo, pues también va sentirse discriminado el hermano porque no se le permite casarse con su hermana, el hijo con la madre y así sucesivamente, amparados en el mal interpretado principio de igualdad ante la ley.
Yerros como este nos hacen reflexionar, cuando se da atención preferencial a las personas adultas mayores, a los menores de edad, mujeres embarazadas etc, acaso hay discriminación hacia el resto de personas, NO!!!, ello no significa ni puede reputarse como una discriminación al resto de personas, la decisión de la corte aunque desacertada lleva implícita estas premisas de que no hay igualdad desde la desigualdad material, caso contrario como se explica que no le dan el derecho a la adopción, ello es fiel prueba de que el principio de igualdad no es absoluto como queda indicado.
Vale destacar que en la sentencia que se aprueba dichos yerros, existen 4 votos en contra y que la misma se aprobó con 5 votos, motivo por el cual será severamente cuestionada cuando conste en la página de la corte.
Si el fin de las parejas del mismo sexo es heredar pues redacte un testamento, pero el derecho no puede evolucionar hacia la degeneración, se trata de imponer el derecho natural, se trata de preservar a la sociedad.