31/12/2024
Boletín jurídico Ediciones Legales:
SE EXPIDE EL ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN POR PROCESOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA.
El pleno del Consejo de la Judicatura en uso de las atribuciones establecidas en el ordenamiento jurídico, emite al Estatuto Orgánico de Gestión por Procesos del Consejo de la Judicatura, en el cual se determina que las y los servidores del Consejo de la Judicatura, para el ejercicio de sus funciones se regirán a los procesos internos establecidos en dicho Estatuto Orgánico, y demás normativa vigente.
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ASIGNACIÓN DE FUNCIONES A LA VICEPRESIDENTA DE LA REPÚBLICA.
El Presidente de la República en ejercicio de sus atribuciones legales, asigna a la señora Vicepresidenta de la República, María Verónica Abad Rojas, como única función, especial y temporal, colaborar con las relaciones económicas del Ecuador con el gobierno de la República de Türkiye.
Además, se dispone al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, se nombre de forma inmediata como consejera temporal, con funciones económicas en la embajada del Ecuador en la República de Türkiye, con sede en la ciudad de Ankara, a la señora Vicepresidenta de la República.
Para el efecto se coordinará el traslado de la funcionaria, y sus familiares de ser el caso, así como las acciones administrativas, financieras y legales necesarias, para que se presente en funciones máximo hasta el 27 de diciembre del 2024.
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SE AMPLÍA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DE OCTUBRE Y NOVIEMBRE DE 2024.
Los sujetos pasivos podrán presentar, de manera excepcional, las declaraciones del impuesto al valor agregado IVA, correspondientes a los períodos fiscales mensuales de octubre y noviembre del año 2024, hasta el mes de enero de 2025, de acuerdo con el noveno dígito del registro único de contribuyentes RUC, sin que la presentación en estas fechas dé lugar a la imposición de multas, recargos ni intereses.
Además, se establece que, de manera excepcional, las instituciones del Estado, las empresas públicas reguladas por la Ley Orgánica de Empresas Públicas, los contribuyentes especiales, aquellos contribuyentes cuyo domicilio principal se encuentre en la Provincia de Galápagos y los agentes de percepción del IVA no residentes prestadores de servicios digitales, podrán presentar las declaraciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondientes a los períodos fiscales mensuales de octubre y noviembre del año 2024, hasta el mes de enero de 2025.
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ESTABLECER EL CUPO ANUAL DE EXENCIÓN DEL IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES, ICE APLICABLE PARA EL PERÍODO FISCAL 2025, PARA BEBIDAS ALCOHÓLICAS, INCLUIDA LA CERVEZA.
Esta resolución establece la exención del ICE para las bebidas alcohólicas, la cual estará vinculada a la participación de ingredientes nacionales en la fabricación de dichas bebidas, incluidos los productos importados. La misma se incrementará de manera progresiva en función de este porcentaje, alcanzando un máximo del 5% de exención cuando la participación de ingredientes nacionales llegue al 100%.
Este particular se aplica exclusivamente a nuevas marcas de bebidas alcohólicas, incluidas cervezas, que se introduzcan al mercado. Según el reglamento, una nueva marca es aquella que no tenga una marca asociada previamente registrada en la entidad correspondiente y debe cumplir con ciertos requisitos para obtener la rebaja en la tarifa del ICE.
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