26/07/2020
𝗧𝗼𝗱𝗼𝘀 𝗲𝘀𝘁𝗼𝘀 𝗲𝘀𝘁𝗮𝗯𝗹𝗲𝗰𝗶𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼𝘀 𝗱𝗲𝗯𝗲𝗿𝗮́𝗻 𝗱𝗶𝘀𝗽𝗼𝗻𝗲𝗿 𝗱𝗲:
✅ Servicio higiénico y lavabo
✅ Buena ventilación
✅ Buena iluminación natural o artificial
✅ Paredes con pintura lavable
✅ Cielo raso liso
✅ Piso con material de fácil aseo.
𝑬𝒏 𝒓𝒆𝒍𝒂𝒄𝒊𝒐́𝒏 𝒂 𝒍𝒐𝒔 𝒆𝒒𝒖𝒊𝒑𝒐𝒔 𝒆 𝒊𝒏𝒔𝒕𝒓𝒖𝒎𝒆𝒏𝒕𝒐𝒔, 𝒅𝒆𝒃𝒆𝒓𝒂́𝒏 𝒕𝒆𝒏𝒆𝒓 𝒄𝒐𝒎𝒐 𝒎𝒊́𝒏𝒊𝒎𝒐:
👓 𝔸𝕝𝕞𝕒𝕔𝕖𝕟𝕖𝕤 𝕕𝕖 𝕆́𝕡𝕥𝕚𝕔𝕒: lensómetro, esferómetro, juego de pinzas o playos necesarios, calentador o dilatador, vitrinas exhibidoras.
👓 ℂ𝕖𝕟𝕥𝕣𝕠𝕤 𝕕𝕖 𝕆𝕡𝕥𝕠𝕞𝕖𝕥𝕣𝕚́𝕒: feróptero y/o caja de prueba, retinoscopio, lámpara de endidura, queratómetro, proyector de optotipos o carteles de pruebas tanto para distancia como para cerca; lensómetro, elementos necesarios para examen objetivo y subjetivo y para la adaptación de lentes de contacto, prótesis y ejercicios.
👓 𝕃𝕒𝕓𝕠𝕣𝕒𝕥𝕠𝕣𝕚𝕠𝕤 𝕕𝕖 𝕆́𝕡𝕥𝕚𝕔𝕒: máquinas talladoras, piedras desbastadoras, viseladoras, plantillas de calibración, lensómetro, esferómetro, calibradores, calentadores y las respectivas pinzas y playos especiales necesarios.
𝑰𝑴𝑷𝑶𝑹𝑻𝑨𝑵𝑻𝑬: Los Ópticos no podrán tener en sus talleres instrumentos como oftalmoscopio, retinoscopio, caja y armaduras de prueba, sillones de refracción, computadora electrónica, cartilla de Snellen o su reemplazo; la violación de este precepto determinará el comiso de dichos aparatos por parte de la autoridad sanitaria..........................................................................................................................
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