20/10/2022
📌 CURADURÍA ESPECIAL PARA SEGUNDAS Y ULTERIORES NUPCIAS:
Entre los requisitos exigidos en Ecuador, para contraer matrimonio, si uno o ambos contrayentes son: divorciados, viudos, o solteros y tienen la custodia de sus hijos menores de edad, sea que estén o no administrando bienes pertenecientes a dichos menores, está la presentación obligatoria de la CURADURÍA ESPECIAL PARA SEGUNDAS Y ULTERIORES NUPCIAS.
Qué es un CURADOR ESPECIAL y en qué consiste su labor?
La CURADURÍA ESPECIAL es una derivación de la clasificación general de las curatelas.
El término CURATELA deviene del latín y significa CUIDADOR. Su labor básicamente consiste en ADMINISTRAR los bienes de su pupilo, ejerciéndose al igual que la TUTELA en casos de personas con capacidad de derecho pero no de obrar.
Por tanto, el hombre o mujer que ejerza la tenencia y cuidado de sus hijos menores, y desee contraer nupcias, deberá solicitar a un Juez de Familia, dote de un Curador Especial que represente a los menores de edad en el acto del matrimonio de su madre o padre, según sea el caso. Si el padre de familia estuviere administrando bienes de propiedad de sus hijos menores, deberá presentar el correspondiente Inventario Solemne de Bienes, esto, a fin de precautelar su patrimonio.
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