28/04/2023
De acuerdo al Código Laboral Dominicano todos los empleados se benefician, entre otros, de los siguientes derechos básicos: libertad sindical, disfrute de un salario justo, capacitación profesional, vacaciones y respeto a la integridad física, a la intimidad y a su dignidad personal.
Es importante mencionar que estos derechos otorgados por el Código Laboral no pueden ser objeto de renuncia o limitación. Aun cuando el empleado firme un acuerdo en el cual renuncia al beneficio de estos derechos, dicho contrato sería nulo y la obligación del empleador de otorgar ese derecho permanecerá.
Las leyes laborales, por otra parte, prohíben toda clase de discriminación al momento de contratar a un empleado. Esto significa que los empleadores no podrán excluir a su personal basándose en motivos de s**o, edad, raza, origen social, opinión política, creencias religiosas o militancia sindical, entre otras.
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