06/12/2022
poderjudicialrd La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia reafirmó el criterio que obliga a todo empleador a inscribir y afiliar en la seguridad social a todo el personal, sin importar la naturaleza o modalidad del contrato de trabajo.
El criterio jurisprudencial está contenido en la sentencia núm.
SCJ-TS-22-0667, de fecha 29 de julio de 2022, en la que el tribunal señala que la falta de inscripción o afiliación, así como el no pago de las cotizaciones correspondientes, son causas de dimisión justificada en virtud de los artículos 46 y 97, ordinal 14°, del Código de Trabajo, comprometiendo la responsabilidad civil del empleador y haciéndolo pasible de ser condenado al pago de prestaciones laborales, salarios en aplicación del artículo 95 del Código de Trabajo y reparación de daños y perjuicios.
Para acceder de forma íntegra a la sentencia firmada por los magistrados Manuel Alexis Read (presidente de la Sala), Manuel R. Herrera Carbuccia, Moisés A. Ferrer Landrón, Anselmo Aleiandro Bello Ferreras y Rafael Vásquez Goico.