04/10/2020
Aproposito de las pretensiones de las autoridades que quieren gravar el salario numero 13, de Navidad
Nota Juridica: Conforme lo dispone el artículo 222 del Código de Trabajo (que es una Ley de orden público), "El salario de Navidad no es susceptible de gravamen, embargo, cesión o venta, no esta sujeto al impuesto sobre la renta".
Parrafo: Esta disposición se aplica aunque el monto pagado sea mayor de los cinco salarios mínimos legalmente establecidos.