30/04/2026
Desde el 04 de junio de 2025, entró en vigencia la aplicación registral de la Ley N.° 10597, que establece el uso del correo electrónico como medio oficial de notificación para las sociedades mercantiles inscritas en Costa Rica.
La medida fue dispuesta mediante la Directriz DPJ-002-2025, emitida por la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, y publicada en La Gaceta N.° 98 del 30 de mayo de 2025.
Si su sociedad no inscribe un correo electrónico antes del 04 de junio de 2026, el Registro rechazará cualquier nuevo documento relativo a la sociedad, hasta que se subsane la omisión. Además, se asumen como recibidas las notificaciones judiciales/administrativas, generando riesgos de indefensión.
En Rivera & Vargas Abogados le podemos ayudar con éste trámite.