25/07/2018
EL FIDEICOMISO EN COSTA RICA.
En Costa Rica el Fideicomiso es un contrato regulado por ley, principalmente en el Código de Comercio y que en su artículo 633 lo define así:
“Por medio del fideicomiso el fideicomitente transmite la propiedad de bienes o derechos: el fiduciario queda obligado a emplearlos para la realización de fines lícitos y predeterminados en el acto constitutivo.”
Se debe entonces explicar que, por medio del fideicomiso, el fideicomitente traspasa y transmite a un fiduciario los bienes y/o derechos que considere para que este los administre de acuerdo con las pautas y términos del contrato mismo, siendo que al final del contrato, se logren las metas pactadas, los bienes y/o sean devueltos a un fideicomisario y las ganancias de este a un beneficiario.
Como ejemplo se puede mencionar que Juan es dueño de una propiedad de mil metros cuadrados y que desea desarrollar en 10 apartamentos para la posterior venta de ocho y el alquiler de dos, los dineros generados de esto los dará a su hijo Alberto. Siendo así traspasa el bien a un fiduciario que según contrato construirá los inmuebles, venderá ocho y conformará dos contratos de alquiler sobre dos apartamentos, una vez cumplido todo esto, el fiduciario entregará los dineros al beneficiario Alberto y entregará los dos apartamentos restantes a Juan como fideicomisario. Todo esto realizado por el fiduciario bajo el pago de honorarios.
Es relevante mencionar que el traspaso de ese bien se hace a nombre del fiduciario como justamente como eso, en calidad de fiduciario y a raíz de esto empieza a formar un patrimonio separa del fideicomisario y del fiduciario, ya que este ultimo solo lo conserva con el fin de administrarlo conforme el contrato mismo se lo ordena, además, se transforma en un bien o grupos de bienes inembargables.
Cabe también señalar que el ejemplo fue solo como ilustración simple de un contrato de fideicomiso, pero existen muchos ejemplos ya que el contrato es super versátil y permite variarse, siendo que pueden disponerse desde derechos a bienes muebles e inmuebles, joyas, dinero y casi todo aquello que pueda imaginarse, siempre en la cobija de la licitud.
Existen fideicomisos de garantía, de administración, de cobro de carteras, de inversión, de seguros, de desarrollo inmobiliario, de custodia, de fines benéficos, testamentarios, solo por mencionar algunos.
Nuestra firma Legal recomienda mucho este tipo de contrato que se presta casi para cualquier situación y que constituye un patrimonio independiente que en las manos de un conocedor produce muy buenos frutos.
No dude en consultar y preguntar al respecto, ya que lo anterior es solo una pincelada de este instrumento tan amplio sobre el cual contamos con amplia experiencia.