17/07/2021
Se les hace saber, que con el ingreso de nuevo a clases presenciales, existe una causal que exime de cumplir con la restricción vehicular, y es para el caso de los vehículos de las personas que estrictamente requieran trasladarse a las guarderías públicas, privadas, mixtas tuteladas por el Consejo de Atención Integral o el Ministerio de Educación Pública, así como a escuelas y colegios públicos o privados, a efectos de dejar o recoger a una persona menor de edad, para ello deberán portar lo siguiente:
- carta de comprobación,
- carné con fotografía de la persona estudiante y/o el comprobante de matrícula del centro educativo respectivo
Decreto Ejecutivo N° 43098-MOPT-S, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Y EL MINISTRO DE SALUD