23/10/2025
📜 Posesión Demostrada -Titulación Aprobada en Costa Rica🏠
Dos recientes sentencias judiciales reafirman la efectividad de la Ley de Informaciones Posesorias No 5257, para legalizar la propiedad no inscritas ante el Registro Nacional de la Propiedad, luego de que los promoventes lograran demostrar la posesión efectiva de los inmuebles.
Caso 1: Guanacaste (Santa Cruz)
El Juzgado Civil de Santa Cruz aprobó la Información Posesoria a favor de un ciudadano de nacionalidad Canadiense. El factor clave fue la demostración de la posesión del terreno, que fue:
• Quieta, pública, pacífica e ininterrumpida.
• Ejercida a título de dueño.
• Por un periodo que superó los 29 años, sumando la posesión del titulante y sus anteriores transmitentes.
Esta sentencia (N° 2025000462) Juzgado Civil de Santa Cruz ordenó la inscripción por primera vez de la finca a nombre del promovente en el Registro Público de la Propiedad.
Caso 2: Limón (Pococí)
El Juzgado Agrario del II Circuito Judicial de Limón (Pococí) también declaró con lugar las diligencias de información posesorias promovidas de un cliente que es vecino de Jiménez de Pococí. En este caso, la posesión quedó demostrada mediante:
• La realización de actos posesorios concretos, como mantener el terreno debidamente deslindado con tapia de cemento y malla, conservación de recursos naturales y cultivos de subsistencia.
• Testigos que confirmaron que nuestro representado se ha mantenido en posesión y como dueño de la propiedad a titular.
• Un reconocimiento judicial que constató la veracidad del dicho del titulante y los testigos.
• El promovente demostró haber ejercido la posesión de forma pública, pacífica y en su concepto de dueño.
Esta resolución (N° 2025000491) permite inscribir el terreno a su nombre en el Registro Público de la Propiedad.
¿Su propiedad no está inscrita?
Estos casos son un recordatorio vital: la inscripción de su propiedad es el paso más importante para garantizar su seguridad jurídica. Al estar la propiedad inscrita en el Registro Público de la Propiedad, usted obtiene la publicidad registral que protege su derecho frente a terceros. Sin inscripción, su posesión es vulnerable.
Si usted posee una propiedad de forma quieta, pública, pacífica y a título de dueño, pero aún no está inscrita a su nombre, ¡podemos ayudarle a obtener su título a través del proceso de Información Posesoria! No arriesgue su patrimonio. Contáctenos para empezar a legalizar su propiedad hoy mismo.
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