12/03/2026
Para mis estimables clientes y comunidad en general, estas son las OBLIGACIONES CORPORATIVAS Y TRIBUTARIAS.
IMPUESTO A LAS PERSONAS JURIDICAS: Las sociedades mercantiles tienen la obligación de pagar ante el Ministerio de Hacienda, el impuesto a las sociedades, activas o inactivas, antes del 31 de enero de este año. Si este impuesto no se ha pagado, ni el Registro Público ni un notario, podrá emitir certificaciones de personería. Si la sociedad tiene 3 períodos sin pagar este impuesto, el Registro Mercantil, procederá a su disolución, con las consecuencias legales que ello conlleva.
TIMBRE DE EDUCACIÓN Y CULTURA: Este impuesto tiene que ser pagado por todas las sociedades mercantiles y también las sucursales inscritas en el país. El pago debe hacerse entre los meses de febrero y marzo a favor de la Dirección General de Tributación.
IMPUESTO A LAS UTILIDADES: Este impuesto debe ser pagado antes del 15 de marzo, sobre las utilidades del período fiscal 2025.
DECLARACION INFORMATIVA DE SOCIEDADES INACTIVAS: Tiene plazo hasta el 31 de marzo. En ella se deben reportar los activos, pasivos y patrimonio. Se realiza mediante el formulario D-272.
DECLARACIÓN DE TRANSPARENCIA Y BENEFICIARIOS FINALES: Se debe realizar todos los años en el mes de abril y ante el Banco Central. En esta declaración se indican quiénes son los accionistas y los beneficiarios finales. Recordemos que incumplir esta obligación, puede generar multas cuantiosas.
IMPUESTO SOBRE BIENES MUEBLES Y TASAS MUNICIPALES: Estos impuestos y tasas se pagan en la municipalidad donde la empresa tiene propiedades y se pagan por trimestre o en forma anual.