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30/01/2026
🕒 Sociedades Mercantiles: el reloj corre para inscribir su correo electrónicoDesde Asesoría Legal y Consultores D&M te i...
06/06/2025

🕒 Sociedades Mercantiles: el reloj corre para inscribir su correo electrónico

Desde Asesoría Legal y Consultores D&M te informamos sobre los efectos de la Ley N° 10.597 y lo que sucede si no registrás tu correo electrónico en el Registro Nacional:

📧 ¿Ya inscribiste el correo electrónico de tu sociedad?
📍📍📍🔖Desde el 4 de junio 2025, toda sociedad mercantil nueva debe incluir una dirección de correo electrónico oficial para notificaciones.
Las sociedades ya constituidas tienen plazo hasta el 4 de junio 2026 para inscribirlo.

🚨 📍📍📍Si no lo hacés…
🔐No se podrán tramitar documentos de tu sociedad ante el Registro.
📝Podrías considerarte notificado automáticamente, aunque nunca hayas recibido el correo, según el artículo 20 de la Ley de Notificaciones Judiciales.

🔏 ¿Cómo se inscribe?
Mediante escritura pública o protocolización de asamblea.
📍Está exento de timbres e impuestos si es el único acto solicitado.
⚖️En Asesoría Legal y consultores D&M te podemos ayudar a cumplir con esta obligación y evitar riesgos legales innecesarios.

📧Contáctanos al correo [email protected] y [email protected] 📱70068564 contáctanos será un gusto ayudarte

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21/05/2025

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28/01/2025
Feliz día de las madres bendiciones ⚖️💕⚖️💕
15/08/2024

Feliz día de las madres bendiciones ⚖️💕⚖️💕

18/07/2024

18/07/2024
18/07/2024

Los Mandamientos del Abogado
Por Eduardo Couture ⚖️💕💕⚖️⚖️

1°) Estudia. El derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos, serás cada día un poco menos abogado.

2°) Piensa. El derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando.

3°) Trabaja. La abogacía es una ardua fatiga puesta al servicio de la justicia.

4°) Lucha. Tu deber es luchar por el derecho: pero el día que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia.

5°) Sé leal. Leal para con tu cliente, al que no debes abandonar hasta que comprendas que es indigno de ti. Leal para con el adversario, aún cuando él sea desleal contigo. Leal para con el juez que ignora los hechos y debe confiar en lo que tú dices; y que, en cuanto al derecho, alguna que otra vez debe confiar en el que tú le invocas.

6°) Tolera. Tolerar la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea tolerada la tuya.

7°) Ten paciencia. El tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su colaboración.

8°) Ten fe. Ten fe en el derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la justicia, como destino normal del derecho; en la paz, como sustitutivo bondadoso de la justicia; y sobre todo, ten fe en la libertad sin la cual no hay derecho, ni justicia, ni paz.

9°) Olvida. La abogacía es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fuera cargada tu alma de rencor, llegará un día en que la vida será imposible para ti. Concluido el combate, olvida tan pronto tu victoria como tu derrota.

10°) Ama a tu profesión. Trata de considerar la abogacía de tal manera que el día en que tu hijo te pida consejo sobre su destino, consideres un honor para ti proponerle que se haga abogado.

Sobre el autor. Eduardo Juan Couture Etcheverry (Montevideo, 24 de mayo de 1904 -11 de mayo de 1956) fue un prestigioso abogado y profesor uruguayo. En 1923 ingresó como estudiante a la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de la República, en Montevideo. El 29 de diciembre de 1927, recibió el título de Doctor en Derecho y Ciencias Sociales. Estimada comunidad lectora de Pasión Constitucional descarga unos apuntes aquí📖🔗⤵️https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4190/2.pdf

17/07/2024
En el 2. En abril, el Parlamento Costarricense (Asamblea Legislativa) aprobó en segunda lectura el proyecto de ley 23.53...
17/07/2024

En el 2. En abril, el Parlamento Costarricense (Asamblea Legislativa) aprobó en segunda lectura el proyecto de ley 23.531, que reforma el artículo 91 de la Ley de Tránsito.

Esta ley es muy importante porque cambia 3 situaciones:

1. Desde la entrada en vigencia de esta ley, los turistas con licencia emitida en el extranjero pueden conducir en Costa Rica con esta licencia, por el mismo período que otorga el agente de inmigración al ingresar al país.
En otras palabras, si al turista se le ha concedido una estancia de 180 días, también puede conducir un vehículo con licencia de conducir extranjero durante el mismo período.
Actualmente, según el artículo 91, los turistas pueden conducir un vehículo durante un máximo de 3 meses, aunque pueden permanecer en el país 6 meses.

2. Para aprobar la licencia de conducir de un extranjero ya no es necesario cumplir la condición de residencia ininterrumpida en el país de más de tres meses.
Actualmente, la aprobación de una licencia de conducir es un permiso de residencia (por ejemplo, B. Dimex) exige así como el requisito de no haber salido del país en los últimos tres meses. Este requisito será eliminado con la reforma.

3. Finalmente, el proyecto de ley permitirá a los extranjeros reconocer sus licencias de conducir cuando soliciten un permiso de residencia (Rentista, Inversionista, Residencia Temporal, etc. ) en la Autoridad de Migración. ) lo he puesto.
Actualmente esto no es posible. Para que se apruebe el carnet de conducir, el permiso de residencia ya debe ser aprobado.

Esta ley aún no ha entrado en vigor. Sin embargo, se espera que entre en vigencia en los próximos 15 días después de que el Presidente haya acordado y publicado en la Gaceta.

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