30/05/2025
¡Atención Sociedades Mercantiles! Tu correo electrónico será esencial a partir del 4 de junio 2025.
En Q&A Firma Legal te recordamos que, conforme a la Ley N° 10.597, todas las sociedades mercantiles deben incorporar un correo electrónico oficial para notificaciones registrales.
📧 ¿Por qué es tan importante?
A partir del 4 de junio de 2025, todas las nuevas sociedades deberán designar obligatoriamente un correo electrónico para comunicaciones oficiales con el Registro Nacional.
Las sociedades constituidas antes de esta fecha disponen de un plazo adicional de un año, es decir, hasta el 4 de junio de 2026, para realizar el registro correspondiente.
🚨 ¿Qué pasa si no cumplo?
⚠️ No se permitirá la tramitación de documentos de tu sociedad ante el Registro Nacional.
⚠️ Las notificaciones enviadas a ese correo se considerarán entregadas, incluso si no las lees, según la normativa vigente.
📝 ¿Cómo puedo registrar mi correo?
El registro debe formalizarse a través de escritura pública o mediante acta protocolizada, cumpliendo con la legislación aplicable.
🔒 En Q&A Firma Legal te asesoramos de manera ágil y confiable para que cumplas con esta obligación y evites contratiempos legales.
📞 Contáctanos al 8729-5492 / 8546-6362 o escribinos a [email protected].
Con nosotros, tu sociedad estará siempre en regla.