28/02/2026
Esta semana acompañamos a una cliente con este Síndrome de Ehlers Danlos en un proceso judicial, y es aún palpable la necesidad de informar más sobre la tutela especial que al amparo de la ley 7600 tiene las personas con discapacidad.
La declaratoria de Discapacidad está vinculada a una incapacidad permanente, lo regula la ley 7600 y su ente rector es el Conapdis; requiere una referencia previa de la CCSS y un procedimiento de acreditación de la en invalidez en aras de brindar apoyo a la persona con discapacidad para integrarse a la sociedad conforme a sus nuevas capacidades; por su parte la condición de invalidez los regula el Reglamento de invalidez vejez y muerte de la CCSS, supone la imposibilidad de volver a trabajar en virtud de su condición de salud y permite pensionarse antes de la edad reglamentaria y acceder a su ROP.
Ambas normativas son distintas, se aplican en distintos momentos del proceso de salud de la persona y en algunos casos pueden coincidir, o sea una persona con invalidez podría tener también carné de discapacidad.
Excelente el trabajo informativo de la CCSS para dar a conocer la existencia de Enfermedades Raras y sensibilizar sobre este tema.
Si ocupa valorar los alcances legales de las condiciones de salud de sus seres queridos, puede coordinar su cita (presencial o virtual) de Asesoria legal y Servicios notariales, asi:
(a) En: https://calendar.app.google/g9swngiU8GLKgp6L7
(b) A traves del Servicio de Asistencia de su tarjeta de crédito en el siguiente enlace https://enlinea.sdsigma.com/sd/login
(c) Al Telefono. 4800-0250
(d) Emergencias: WhatsApp 8882 1551
Estamos para servirle,
Licda. Sinda Gochez Vargas