03/05/2023
¿Compraste carro y te fallo?
Aquí lo que debes saber sobre la garantía en los vehículos.
PRIMER TIPO DE GARANTIA: POR VICIOS OCULTOS
Los vicios ocultos son fallos que no se detectan a simple vista y por lo tanto para el comprador era imposible saberlos al comprar el bien y que, de haberlos conocido en ese momento no hubiera hecho la compra
Ahora bien, si le compraste tu carro a una persona que NO SE DEDICA A VENDER VEHICULOS, se trata de un negocio civil y tu alternativa se llama acción de nulidad por vicios ocultos
Por otro lado, si le compraste a alguien que se dedica a vender vehículos (incluso los usados) Esta misma posibilidad se llama acción de repetición. (te devuelvo el carro me devuelves mi dinero)
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
Cuando es contra quien se dedica a vender carros, tienes 10 días a partir de la entrega del bien para hacer el reclamo directamente al vendedor. Si este reclamo no es atendido, la acción judicial se debe presentar dentro de los tres meses contados a partir de la entrega del bien
Otra instancia para reclamar, en relaciones comerciales,-adicional a los tribunales- es mediante la oficina del Consumidor, sin embargo, en esta sede los plazos cambian a 30 días hábiles, contados eso si a partir del día en que el vicio se manifestó y no desde la entrega formal del vehículo.
SEGUNDO TIPO DE GARANTÍA: DE FUNCIONAMIENTO (SOLO SE PUEDE HACER VALER ANTE QUIEN SE DEDICA A VENDER VEHICULOS)
Esta es la garantía para cualquier deficiencia funcional que no existía cuando compraste el vehículo y que se vienen a dar posteriormente, con el uso normal. Por ejemplo: las escobillas, el arrancador, el alternador, entre otros.
Con esta garantía el comprador le puede exigir al comerciante vendedor reparar el objeto dañado o cambiárselo por completo
¿Qué tiempo tengo para reclamar en este tipo de garantía?
El reclamo debe realizarse directamente al vendedor en un plazo no mayor a los 30 días hábiles, a partir de descubrir el defecto y para hacer el reclamo en sede judicial el derecho al reclamo prescribirá en un año.
OTRO LUGAR PARA TU RECLAMO: LA OFICINA DEL CONSUMIDOR…
En la oficina del consumidor, para este tipo de garantías, el plazo es de 30 días a partir de la entrega del vehículo y según el Reglamento a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, articulo 108, el reclamo puede comprender:
1. La devolución del precio pagado.
2. Al cambio del bien por otro de la misma especie, similares características o especificaciones técnicas, las cuales en ningún caso podrán ser inferiores a las del producto que dio lugar a la garantía.
3. A la reparación gratuita del bien”
Finalmente, y no menos importante, cuando compres tu vehículo a una persona que se dedica a esto, PIDE TU GARANTIA POR ESCRITO, tal y como lo establece la ley.