Bufete Pincay & Asociados

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27/06/2024

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23/12/2022

🎂Hace unos años, una persona muy especial vino al mundo para hacerlo un lugar mejor. ¡Feliz cumpleaños a nuestro Presidente! Que disfrute de este día con ilusión y mucha alegría. Y que cumpla muchos más años de vida.

Le deseamos felicidad, salud y que todos sus sueños se hagan realidad. Que su vida sea larga para que durante muchos años su luz interior ilumine a los que están cerca de usted.

¡FELIZ CUMPLEAÑOS DR. HERMAN MORA! 🎊✨

07/04/2022

Hoy tendremos este evento, no se lo pierda pues tiene elementos que muchos acreedores están incumplimiendo actualmente.

Cuándo: 7 abr. 2022 04:30 p. m. Costa Rica

Tema: WEBINAR GRATUITO: Reglamento de las operaciones financieras, comerciales y microcréditos.

‼Para poder darle acceso solo debe compartir este post y etiquetar a alguien que usted considere le interesa este tema‼

Inscríbase en el siguiente link luego de haber cumplido con la dinámica indicada anteriormente:

https://aselecom.zoom.us/webinar/register/WN_2CBKcnbUSMutSmdk7KaPDQ

Luego de la inscripción, recibirá un correo electrónico de confirmación con información para unirse al evento.

En este webinar nuestro socio director Dr. Kendall David Ruiz Jiménez explicará los lineamientos que deben cumplir todas las entidades que otorgan créditos de conformidad con el reglamento que viene a dar un soporte a la última reforma de la Ley 7472 propiamente con respecto a las prácticas en la usura crediticia.

Se explicará todo lo que deben cumplir organizaciones como asociaciones solidaristas, cooperativas, empresas de crédito y otros que brindan préstamos, con la finalidad de cumplir con la ley y evitar riesgos legales por incumplimiento a estos lineamientos.

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Oradores

Dr. Kendall David Ruiz Jiménez, Msc (Socio Director de Aselecom Abogados Abogados)

Licenciado en derecho y notario público

Doctor en Derecho Comercial y Procesal Civil

Master en Derecho Empresarial

Cursando Maestría en administración de empresas con énfasis en RRHH

Doctor Honoris Causa por la Federación Iberoamericana de Abogados

Especialista por INCAE y Georgetown- Washington en Aspectos Legales de los Negocios Internacionales

Especialista en Derecho Notarial y Registral

Profesor Universitario

Conferencista a nivel nacional e internacional.

Escritor de diversas obras jurídicas

06/04/2022
Vence el próximo lunes 31 de enero, el plazo para pagar sin recargos, ni multas el impuesto a las personas jurídicas cor...
01/02/2022

Vence el próximo lunes 31 de enero, el plazo para pagar sin recargos, ni multas el impuesto a las personas jurídicas correspondiente al periodo fiscal 2022.

Como ya indicamos a inicio de mes, en virtud de no haberse producido variación alguna en el parámetro que sirve anualmente para la definición de este tributo, a saber el salario base del Oficinista 1 en la relación de puestos del Poder Judicial, según se encuentra establecido en la Ley 7337, los montos a pagar este 2022 son los mismos que las sociedades mercantiles, debieron cancelar durante el 2021. Puede conocer las tarifas en nuestra nota en este mismo blog.

Deben cumplir con este deber las sociedades mercantiles, las sucursales de una sociedad extranjera o su representante, las empresas individuales de responsabilidad limitada, las casas extranjeras, las sociedades anónimas, las sociedades de responsabilidad limitada, en comandita o colectivas.

«Quienes no atiendan esta obligación se exponen al pago de intereses y a la sanción por morosidad, de acuerdo con lo establecido en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios, e incluso a la disolución de la sociedad, conforme lo dispone la Ley, cuando no se pague el impuesto durante tres periodos consecutivos.

El pago se puede realizar por medio Débito en Tiempo Real (DTR), la página web de la entidad bancaria o directamente en sus ventanillas con solo indicar el número de identificación de la persona jurídica.

Están exentas de este pago las micro y pequeñas empresas inscritas en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), y los pequeños y medianos productores agropecuarios inscritos en el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).» (Tomado de la página web del Ministerio de Hacienda.)

Tramitación de escrituras en el Registro Nacional y pago del impuesto a las personas jurídicas

Importante que los notarios recuerden que a partir del próximo 1 de febrero, deberán verificar de previo a la tramitación de escrituras en las que actúen sociedades obligadas al pago de este tributo, que ya el mismo ha sido debidamente pagdo, pues de lo contrario serán devueltas con el defecto correspondiente. Lo mismo en el caso de escrituras que si bien se presentaron al Diario durante este mes de enero y no requirieron encontrarse al día en el pago del impuesto a las personas jurídicas, en caso de tener que ser reingresadas, sí deberán contar ahora con la cancelación total del impuesto al cobro.

10/01/2021

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