Firma Legal Salazar & Cisneros

Firma Legal Salazar & Cisneros Experiencia en litigio y trámites notariales. Contamos con el servicio de mediación y conciliación para la resolución de conflictos extrajudiciales.

Brindamos capacitación para empresas e instituciones y asesoría legal. https://crderecho.com/arisalazar/ https://crderecho.com/kcisneros/

Feliz Navidad y próspero año 2023, les deseamos que todos sus proyectos sean una realidad. Gracias por la preferencia y ...
24/12/2022

Feliz Navidad y próspero año 2023, les deseamos que todos sus proyectos sean una realidad.
Gracias por la preferencia y escoger en sus asuntos legales a Firma Legal Salazar & Cisneros.

Feliz día a los notarios y notarias de Costa Rica.
22/11/2022

Feliz día a los notarios y notarias de Costa Rica.

Cobro JudicialCómo saber si su deuda esta prescrita? Requisitos: 1) Que hayan pasado 4 años desde la fecha del ultimo pa...
30/04/2022

Cobro Judicial

Cómo saber si su deuda esta prescrita?

Requisitos:

1) Que hayan pasado 4 años desde la fecha del ultimo pago.
2) No haber sido notificado en ningún momento.

Esto aplica para :

1) Tarjetas de credito.
2) Letras de cambio.
3) Pagares.
4) Prestamos personales.

NOTA IMPORTANTE: la prescripción no se otorga de forma automatica por el juzgado es a solicitud de la parte.

Escribanos o llámenos para agendar una consulta y asesorarle.
Somos Firma Legal Salazar & Cisneros

Tiene un problema legal  y no sabe como resolverlo?. Necesita una asesoría capacitada y comprometida?.En Firma Legal Sal...
23/03/2022

Tiene un problema legal y no sabe como resolverlo?.
Necesita una asesoría capacitada y comprometida?.
En Firma Legal Salazar & Cisneros, contamos con profesionales de alta calidad que le brindarán asesoría y acompañamiento en cada proceso que necesite.
Contáctenos al 2100-8165 o al correo electrónico [email protected]

El derecho al OlvidoComo todos sabemos el creciente uso de tecnologías ha permito la transmisión de millones de datos de...
04/03/2022

El derecho al Olvido

Como todos sabemos el creciente uso de tecnologías ha permito la transmisión de millones de datos de todo tipo y los personales no son la excepción, en muchas ocasiones somos conscientes de esa transmisión, pero en otras esos datos pasan a diferentes bases para que sean utilizados de diversas formas sin nuestro consentimiento o con este, pero siendo engañados en la forma en que lo obtuvieron de nosotros de maneras muy sutiles e inteligentes. Sin embargo, muy pocas veces nos preguntamos qué tratamiento le dan a esa información o si es posible eliminarla de esas bases de datos de manera permanente.

Este intercambio sin precedente de información ha generado con el paso del tiempo una creciente preocupación e incluso de debate a nivel internacional, considerando que la internet ha significado un bastión innegable para el desarrollo de derechos fundamentales imprescindibles como la libertad de expresión y la libertad de información, también ha supuesto nuevos riesgos para otros derechos, como el de la intimidad, el honor y la protección de datos.

El derecho al olvido puede definirse, según Martínez Becerril, R. y Salgado Perrilliat, R.: “El derecho al olvido” en la Revista El Mundo Del Abogado como el derecho: “que tiene el titular de un dato personal a borrar, bloquear o suprimir información personal que se considera obsoleta por el transcurso del tiempo o que de alguna manera afecta el libre desarrollo de alguno de sus derechos fundamentales”. El alcance del derecho al olvido conlleva la posibilidad de que desaparezcan de los sistemas de registro de datos personales, aquellos datos negativos (no queridos, perjudiciales, socialmente reprobados o desfavorables) acerca de una persona; es un derecho a la caducidad del dato negativo, del dato que arroja información que se considera que afectaría el desarrollo normal de una persona en sociedad.

Debe evaluarse con detenimiento que tipo de información puede ser removida de los buscadores de internet no por el simple hecho de invocar el derecho al olvido o de ser olvidado, ya que sería muy peligroso caer en esta situación vulnerando con ello derechos como a la libre expresión y de acceso de la información, debido a que sería muy fácil solicitarlo en las instancias correspondientes para encubrir ciertas situaciones que si son de relevancia y deben ser de conocimiento de la población.

Aunado a lo anterior, no debería permitirse que se transforme este derecho al olvido en un instrumento de uso político o de las fuerzas de poder de un Estado para desinformar a la población con el único fin de encubrir aquellos actos que no les conviene que se conozca dentro del colectivo social.

Es decir, podríamos pasar del derecho al olvido al borrado de la memoria social de un pueblo o Estado, acto extremadamente peligroso ya que no es el fin último de las sociedades actuales, como por ejemplo: eliminar de los buscadores de internet aquella información de personas que cometieron actos terribles en la segunda guerra mundial por el simple hecho de que ellos invoquen el derecho al olvido, se les conceda y las generaciones futuras desconozcan esa información. Pensemos en la posibilidad que evolucione ese derecho al olvido y se elimine la información incluso hasta en los libros en años venideros alegando el derecho a la privacidad por encima al derecho a la libre expresión y al interés público.

Firma Legal Salazar & Cisneros

Cada vez se escucha con más frecuencia el término de acoso laboral para indicar que una persona manifiesta vivir o sufri...
04/03/2022

Cada vez se escucha con más frecuencia el término de acoso laboral para indicar que una persona manifiesta vivir o sufrir alguna situación perjudicial, estresante, insostenible en su lugar de trabajo. ¿Qué se entiende por acoso laboral?, es cuando una persona con el fin de perjudicar a otra o grupo de trabajadores busca con su comportamiento producirles problemas psicológicos, familiares, laborales, sociales, económicos; se caracteriza este comportamiento por ser constante y realizado a través de cierto tiempo.

Por ejemplo, un insulto o chiste con cierta sugerencia, un comentario entre corredores dirigido a cierta persona, que empiezan a decirse de manera constante (al menos una vez a la semana) durante cierto periodo de tiempo (algunos meses).

Los tribunales han determinado que sí existe acoso laboral si se comprueba: si hubo un abuso del poder jerárquico, si existió comportamientos abusivos de los superiores en el trato diario hacia sus subalternos y/o un despido injustificado; cuando se comprueba el acoso laboral se ha compensado al trabajador al pago de daños y perjuicios ocasionados, además de todos los derechos correspondientes.

Por otro lado, los jueces han determinado que no existe acoso laboral cuando: el patrono o jefatura realiza acciones legítimas en función de sus potestades de dirección en la organización de su empresa o institución, el trabajador ha incumplido acuerdos a los que ha llegado con su patrono, por acciones voluntarias realizados por la supuesta víctima.

Si usted necesita asesoría legal sobre este tema puede comunicarse con nosotros en Firma Legal Salazar & Cisneros.

Salgamos a votar, Costa Rica vale la pena!!!
06/02/2022

Salgamos a votar, Costa Rica vale la pena!!!

04/02/2022

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