05/10/2026
Cuando fallece un familiar y existen bienes que deben pasar a sus herederos, es necesario realizar un proceso sucesorio.
Pero no todas las sucesiones tienen que tramitarse necesariamente ante un juzgado.
En Costa Rica, determinadas sucesiones pueden tramitarse en sede notarial, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la ley. Entre ellos, que no figuren como interesados personas menores de edad o incapaces y que no exista una situación de conflicto que impida continuar por esta vía. Artículo 129 del Código Notarial.
Durante el proceso deben atenderse aspectos como:
• Identificación de los sucesores.
• Inventario y valoración de los bienes.
• Atención de las obligaciones de la sucesión.
• Distribución y adjudicación de los bienes.
La vía notarial puede ser una alternativa adecuada cuando todos los interesados están de acuerdo y se cumplen las condiciones legales para utilizarla.
¿Necesita tramitar una sucesión por el fallecimiento de un familiar?
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