17/08/2019
DUEÑOS DE PARQUEOS, DEBEN RESPONDER POR ROBOS Y DAÑOS DE VEHÍCULOS. ASÍ LO INDICA SALA PRIMERA DE LA CORTE SUPREMA. Resolución 95-2011 de la Sala Primera confirma compromiso de empresas a responder por daños en parqueos. Rótulos no exoneran a las compañías de responsabilidad. La Sala Primera reiteró el compromiso que tienen los locales comerciales de hacerse responsables por los daños o robos ocasionados en sus respectivos parqueos. La sentencia establecida en la resolución 95-2011 de la Sala, donde se le obliga al Condominio Centro Comercial San Antonio, ubicado en Desamparados, a pagar el valor del vehículo sustraído a uno de sus clientes, deja claro tal compromiso. La razón principal que llevó a dictar sentencia a favor del usuario es que existe una relación de consumo. “El Centro Comercial brinda un servicio de parqueo y el cliente es el consumidor; al existir este nexo el comerciante sí debe hacerse responsable del daño”, explica un comunicado. A su vez, el Centro Comercial también deberá pagar los respectivos intereses hasta que se haga efectivo el pago y la cancelación de las costas procesales y personales. La disposición de la Sala esta vigente desde hace más de cinco años, donde se cambió el régimen de responsabilidad y ofreció una protección adicional al consumidor.