09/11/2025
Servicio de cuidador y derechos de las personas mayores 👵💜
La Corte Constitucional recordó que las EPS deben garantizar el servicio de cuidador cuando una persona mayor lo necesita y la familia no puede asumirlo por razones físicas o económicas. En el caso de Lucía, de 100 años, la Corte ordenó que continúe recibiendo cuidado diario de 12 horas, además de seguimiento médico integral y atención domiciliaria adaptada a sus necesidades. ⚖️🏡
💡 La Corte enfatizó la urgencia de una política pública integral de cuidado, basada en el principio de corresponsabilidad entre familia, sociedad y Estado, especialmente ante el envejecimiento de la población. Esto asegura que las personas mayores tengan derecho al cuidado, salud y bienestar, y que no carguen con responsabilidades desproporcionadas. 🌟💙
Fuente:
La Corte Constitucional de Colombia es la entidad judicial encargada de velar por la integridad y la democracia de la Constitución.