21/08/2023
ORDEN DE COMPARENDO
Según el artículo 2 del Código Nacional de Tránsito, el comparendo es una orden formal de notificación para que el presunto contraventor o implicado se presente ante la autoridad de tránsito por la comisión de una infracción.
Hay que tener en cuenta lo pronunciado por la Honorable Corte Constitucional en la Sentencia C-321 de 2022 sobre la orden de comparendo y dice lo siguiente:
Así pues, la orden de comparecer o comparendo no consiste en la imposición de una sanción, sino que ella tiene por objeto citar al presunto infractor para que se presente ante la autoridad de tránsito competente.
Dicho esto, Si te impusieron una orden de comparendo por Foto Detección, Contactanos con gusto te asesoraremos y representaremos en audiencia de Transito.
✅️Norma Jurídica: Articulo 2 de la Ley 769/2002.
✅️Jurisprudencia: Sentencia C-321 de 2022.
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