19/09/2026
La ley traza una línea clara (Código Civil, artículos 1985 y 2028): las reparaciones locativas — las del uso diario, como una llave, una bisagra, un vidrio roto — corren por cuenta del inquilino.
Las reparaciones necesarias — humedades, filtraciones, problemas estructurales, todo lo que compromete que el inmueble siga siendo habitable — son responsabilidad del propietario.
La pregunta clave para saber de quién es: ¿esto se dañó por el uso diario, o porque el inmueble ya venía deteriorado o mal construido? Esa respuesta define quién paga.
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