05/10/2026
CASO REAL | No había letra ni título ejecutivo. Logramos que la deuda fuera reconocida judicialmente.
Nuestro cliente tenía a su favor una deuda de *$5.200.000*, pero no contaba con una letra de cambio, pagaré u otro documento que tuviera *fuerza de título ejecutivo* para exigir directamente el pago.
¿Significaba esto que había perdido su dinero?
NO.
Analizamos el caso y acudimos al **proceso monitorio**, una herramienta jurídica que permite reclamar determinadas obligaciones dinerarias aunque inicialmente no se cuente con un título ejecutivo.
Durante el proceso, el propio deudor **reconoció judicialmente la deuda de $5.200.000**.
⚖️ El resultado:
El **Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Sampués** profirió sentencia el **2 de octubre de 2026**, condenando al demandado a pagar los **$5.200.000** y ordenando seguir adelante con la ejecución de ese capital.
La discusión sobre los intereses continuará por el trámite correspondiente.
*Este caso nos deja una enseñanza:* no tener una letra o un título ejecutivo **no significa necesariamente que una deuda no pueda reclamarse judicialmente**. Lo importante es analizar cada caso y encontrar la herramienta jurídica adecuada.
👨⚖️ *Atenor José Pérez Escorcia*
Abogado especialista en Derecho Laboral | Más de 10 años de experiencia en litigio.
📍 Sincelejo y atención virtual en todo Colombia.
🏢 Jurídicos de la Sabana S.A.S.
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**La justicia también se construye con empatía.**