27/06/2020
Los deudores afectados por la crisis económica actual tienen una oportunidad de oro para no repetir la historia del UPAC, y tomar cartas en el asunto antes de que los bancos, o sus acreedores en general, radiquen demandas en su contra. Entre las herramientas con las cuales cuentan los deudores, tenemos:
👉 El régimen de insolvencia de persona natural no comerciante. De este régimen venimos hablando hace muchos años en este espacio, y es el aplicable para personas naturales no comerciantes, que deban dos o más obligaciones en mora mayor a 90 días en esta cuarentena.
👉 El régimen de insolvencia de personas comerciantes y empresas, establecido en la ley 1116 de 2006.
👉 El régimen de rescate empresarial del Decreto Ley 560 de 2020, el cual trae la negociación de emergencia, que se desarrolla en la Superintendencia de Sociedades, y el Procedimiento de Recuperación Empresarial, que se adelanta en las Cámaras de Comercio.
👉 El proceso de reorganización abreviado y el proceso de liquidación judicial simplificado, contemplado en el Decreto Ley 772 de 2020.