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19/06/2025

Familia: sujeto colectivo de derechos

En el año 2009 se expidió la ley 1361 por medio de la cual se crea la ley de protección integral de la familia, que propone las bases para fortalecer y garantizar el desarrollo integral de las familias, y para construir como país una política pública de familia.

Una década después y como resultado de una construcción conjunta con entidades del nivel nacional y territorial, de los sectores público y privado, la sociedad civil y la academia, se expide en 2018 la Política Publica Nacional de Apoyo y Fortalecimiento a las familias.

Dicha política recoge los avances en el concepto y la normatividad de familia y plantea como objetivo “reconocer, promover y fortalecer las capacidades de las familias como sujetos colectivos de derechos y protagonistas del desarrollo social”.

Garantizar la protección integral de las familias es un deber del Estado y la sociedad, por lo que es fundamental que todos, como ciudadanos e integrantes de una familia, conozcamos los 19 derechos que le han sido reconocidos a la familia y aportemos a su cumplimiento.

A continuación presentamos los 19 derechos de las familias:

1. Derecho a una vida libre de violencia.
2. Derecho a la participación y representación de sus miembros.
3. Derecho a un trabajo digno e ingresos justos.
4. Derecho a la salud plena y a la seguridad social.
5. Derecho a la educación con igualdad de oportunidades, garantizando los derechos a la asequibilidad, adaptabilidad, accesibilidad y aceptabilidad, en condiciones de universalidad, equidad, calidad y gratuidad.
6. Derecho a la recreación, cultura y deporte.
7. Derecho a la honra, dignidad e intimidad.
8. Derecho de igualdad.
9. Derecho a la armonía y unidad.
10. Derecho a recibir protección y asistencia social cuando sus derechos sean vulnerados o amenazados.
11. Derecho a vivir en entornos seguros y dignos.
12. Derecho a decidir libre y responsablemente el número de hijos.
13. Derecho a la orientación y asesoría en el afianzamiento de la relación de pareja.
14. Respeto y libertad en la formación de los hijos de acuerdo a sus principios y valores.
15. Derecho al respeto recíproco entre los miembros de la familia.
16. Derecho a la protección del patrimonio familiar.
17. Derecho a una alimentación que supla sus necesidades básicas.
18. Derecho al bienestar físico, mental y emocional.
19. Derecho a recibir apoyo del Estado y la Sociedad para el cuidado y atención de personas adultas mayores.

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19/06/2025

Principales lecturas del concepto de familia

La primera lectura que se hace a partir del reconocimiento jurídico de la familia, es que la conformación por vínculos naturales o jurídicos, o la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o la voluntad responsable de conformarla, implica una comunidad de personas emparentadas entre sí.

Lo anterior indica que la voluntad de las personas determina el vínculo natural y que el matrimonio es tan solo una de las expresiones de conformación de las familias. Por lo tanto, se reconoce que las familias son diversas y tienen diferentes formas de agruparse.

El segundo aspecto resalta que si bien hay unos reconocimientos jurídicos respecto de los vínculos de consanguinidad y los vínculos matrimoniales, los vínculos basados en el amor, el respeto y la solidaridad, en las relaciones que se dan en la vida cotidiana, son los que brindan cohesión a la familia.

En este sentido, también merecen el mismo reconocimiento. Así se brinda a la crianza la potestad de generar parentesco.

El tercer elemento que se destaca es que a las familias las caracteriza la unidad de vida o de destino, que vincula a sus integrantes más próximos en proyectos de vida individuales y colectivos que dan sentido a las decisiones, expectativas, intereses, aspiraciones y retos que asumen en la vida cotidiana.

Estas lecturas constitucionales llevan a que se proteja a la familia y sus derechos desde la diversidad contemplada en los principios constitucionales, esto implica que se reconozca el parentesco por consanguinidad, por vínculos civiles y por crianza, y se garantice su protección sin discriminación.

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19/06/2025

¿Qué derechos tienen las familias?

Aquí te contamos

La familia es la institución fundamental de la sociedad y su protección integral debe ser prioridad para todos.

El reconocimiento de la familia como sujeto colectivo de derechos expresado en la Constitución Política de 1991 ha sido fortalecido desde que se estableció en su artículo 42 que es el núcleo fundamental de la sociedad y que “se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla”.

Este fortalecimiento se ha fundamentado en los siguientes elementos:

En Colombia se reconoce la primacía de los derechos de las personas (art. 5 constitucional).

Uno de los fines esenciales del Estado es garantizar la efectividad de los derechos (art. 2 constitucional).

Se reconoce nuestra diversidad étnica y cultural, art 7 constitucional.

La igualdad de todas las personas ante la ley y “que gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de s**o, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica”, como se define en el artículo 13 de la Constitución.

En este sentido, en la sentencia 070 de 2015, la Corte Constitucional indica que por familia se entiende, “aquella comunidad de personas emparentadas entre sí por vínculos naturales o jurídicos, que funda su existencia en el amor, el respeto y la solidaridad, y que se caracteriza por la unidad de vida o de destino que liga íntimamente a sus integrantes más próximos”

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¿Cómo y cuándo declararse insolvente? Con el nuevo régimen de insolvencia, las personas naturales no comerciantes que se...
03/08/2023

¿Cómo y cuándo declararse insolvente?

Con el nuevo régimen de insolvencia, las personas naturales no comerciantes que se presenten un retraso en sus obligaciones financieras tendrán la oportunidad de renegociar sus deudas con sus acreedores antes de ser embargadas o desalojadas de sus viviendas, como ocurre hoy.

Esta nueva ley les permitirá a los "morosos" acudir ante un Centro de Conciliación autorizado por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO para solicitar 60 días hábiles, prorrogables por 30 días más, para negociar con los acreedores sus obligaciones mediante un proceso extrajudicial regulado por un conciliador.

Las leyes laborales están diseñadas para proteger a los trabajadores de los abusos o de la explotación por parte de sus ...
03/08/2023

Las leyes laborales están diseñadas para proteger a los trabajadores de los abusos o de la explotación por parte de sus empleadores, así como para garantizar que los empleados puedan disfrutar de entornos de trabajo seguros y de recibir una remuneración justa por lo que hacen.

06/05/2022

Contrato de trabajo realidad

El contrato de trabajo realidad es aquel que resulta de una relación contractual civil o comercial que el juez declara como una relación laboral, en vista que encuentra configurados los elementos de una relación laboral independientemente de la denominación que las partes hayan dado al contrato.

El contrato de trabajo realidad surge como consecuencia de haber utilizado distintas figuras jurídicas para camuflar o mimetizar la existencia de un contrato de trabajo. Por ejemplo, se firma un contrato de servicios cuando en la realidad están presentes todos los elementos de un contrato de trabajo en toda regla.

25/04/2022

Contrato de trabajo con mayordomos

Un mayordomo debe vincularse mediante contrato de trabajo debido a la naturaleza de sus funciones, donde existe subordinación y cumplimiento de horarios.

El contrato debe dejar clara las funciones que debe cumplir el mayordomo, el salario que debe tener, y el tratamiento que se le debe dar a los suministros en especie que hacen al mayordomo.

Tal es el caso de la vivienda, alimentación, etc., que bien pueden constituirse en pago en especie si no se pacta expresamente lo contrario.

Suministro de vivienda como pago en especie.

Cuando al trabajador se le suministra la vivienda, si nada se dijo en el contrato, esta se considera como pago en especie adicional al salario que se haya acordado, y como pago en especie se integra al salario como base para el pago de prestaciones sociales y liquidación de los aportes a seguridad social.

17/07/2021

La jornada laboral semanal en Colombia ha sido disminuida pasando de 48 horas semanales a 42 horas, pero con una disminución gradual, y desaparece la jornada laboral máxima de 8 horas diarias.
La ley 2101 del 15 de julio de 2021 modificó el artículo 161 del código sustantivo del trabajo, que no solo disminuye la jornada laboral semanal de 48 a 42 horas, sino que ya no hace referencia a la jornada laboral diaria de 8 horas.

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