04/03/2026
Pensión de sobrevivientes. La de la Corte Suprema deJusticia señaló que un cónyuge con separación de hecho y vínculo matrimonial vigente tiene derecho al 100 % de la pensión de sobrevivientes cuando es beneficiario único. El derecho no se puede fraccionar en proporción al tiempo de convivencia.
La Sala confirmó la pensión de sobrevivientes de una esposa a quien se le negaba el derecho porque ya no convivía con el afiliado, pese a que nunca se separaron legalmente ni disolvieron la sociedad conyugal.
SL1979-2025 ponente Juan Carlos Espeleta Sánchez.
Ver sentencia: https://acortar.link/QG3zKI