08/05/2026
Valoración probatoria. La de la Corte Suprema de justicia precisó que para declarar ineficaz un acuerdo de terminación del contrato de trabajo suscrito por un trabajador que padecía una enfermedad mental, no basta con alegarla; es necesario demostrar que el trastorno limitó su capacidad de decisión.
📝La Sala hizo un llamado a los jueces a ser especialmente rigurosos en la valoración de pruebas (historias clínicas e incapacidades, entre otras) para identificar el impacto real de la salud en la voluntad de la persona.
Los jueces “deben esforzarse por aglutinar y entender una gama de circunstancias y condiciones que les permita determinar, con la mayor precisión posible, el alcance de la enfermedad y sus efectos en el trabajador”.
➡Ver sentencia SL2418-2025: https://acortar.link/68l3sY