10/07/2023
Esta ley pone a disposición de los empleadores dos opciones para la implementación de la nueva jornada máxima legal o jornada laboral ordinaria a saber:
Implementación Automática: El Artículo 3º de la ley objeto de estudio señala que el empleador podrá acoger la jornada laboral de cuarenta y dos (42) horas a la semana, a la entrada en vigencia de la ley, es decir, a partir del 15 de julio de 2021.
Implementación Gradual: La disminución de la jornada laboral ordinaria de que trata la ley, podrá́ ser implementada de manera gradual por el empleador, en los términos del Artículo 3º así:
1. A partir del 16 de julio de 2023, Reducción de una (1) hora, Sería de 47 horas semanales.
2. A partir del 16 de julio de 2024, Reducción de una (1) hora, Sería de 46 horas semanales.
3. A partir del 16 de julio de 2025, Reducción de dos (2) horas, Sería de 44 horas semanales.
4. A partir del 16 de julio de 2026, Reducción de dos (2) horas, Sería de 42 horas semanales.