Colegio De Abogados De Risaralda

Colegio De Abogados De Risaralda Promueve el desarrollo, la protección y el prestigio de la profesión de abogado, la investigación

ESCUELA NACIONAL DE FORMACIÓN.  A todos los *abogados que les guste el derecho probatorio*. 🔍 Está es una pieza procesal...
01/03/2026

ESCUELA NACIONAL DE FORMACIÓN.
A todos los *abogados que les guste el derecho probatorio*. 🔍 Está es una pieza procesal digna de analizar por los expertos en informática judicial. 🎁

*Qué es un HASH?*

*Un hash es el resultado de aplicar un algoritmo matemático a un archivo digital (documento, video, audio, imagen, disco duro, mensaje, etc.), generando una cadena única de caracteres que funciona como una “huella digital” del archivo.* 📚
Citó las palabras de nuestro experto Alexander Díaz, compañero colegiado: 💪
“El HASH es que le va ofrecer validez al documento digital, porque a partir de su estampado le va a permitir al Juez 👨‍🎓 establecer que clase de documento es, si está editado o no, con qué (marca) herramienta se hizo, _si fue manipulado, cuándo se hizo y en dónde_, *hasta se puede establecer quién lo realizó?

“_Esa información no se puede lograr con testimonios u otros medios de prueba_, solo el que realizó el CERTIFICADO FORENSE DE ORIGEN “CFO” puede dar fe de esos factores de producción del documento digital. Debemos recordar que el ojo humano, no tiene ninguna herramienta tecnológica que le permita establecer estos parámetros técnicos.

Un delito o siniestro 😈 informático, nunca, nunca puede ser verificado a través de un medio diferente al forense y por ende al estampado HASH, le va a dar 💡 luz al especialista judicial detalles fácticos.” 📚

NOTICIA JURIDICA: EN FEBRERO 27 DE 2026 ENTRÓ EN VIGENCIA UNA NUEVA MODALIDAD INNOVADORA PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTO...
01/03/2026

NOTICIA JURIDICA: EN FEBRERO 27 DE 2026 ENTRÓ EN VIGENCIA UNA NUEVA MODALIDAD INNOVADORA PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS:

EL ARBITRAJE EN PROCESOS EJECUTIVOS
GUIA PARA SU IMPLEMENTACION

La Ley 2540 de 2025 introduce en Colombia una modalidad innovadora para la resolución de conflictos: el arbitraje en procesos ejecutivos. Esta norma permite que, cuando existe una deuda clara y exigible (contenida en un título ejecutivo), las partes puedan acudir a un tribunal arbitral en lugar de a los jueces tradicionales para lograr el pago de la obligación. Su propósito fundamental es la descongestión del sistema judicial, ofreciendo una vía más ágil y especializada.

A continuación, se presenta un análisis detallado para facilitar su comprensión por parte de los usuarios y orientar a los profesionales del derecho:

1. Resumen de la Ley

La ley establece que cualquier proceso ejecutivo puede someterse a arbitraje siempre que exista un pacto arbitral previo. Este proceso es institucional (administrado por centros de arbitraje) y las decisiones, denominadas "laudos", se dictan siempre en derecho. Se crean dos figuras clave: el Árbitro Ejecutor, quien dirige el proceso principal, y el Árbitro de Medidas Cautelares Previas, encargado de ordenar embargos o secuestros de bienes antes de que el proceso principal inicie formalmente.

2. Recomendaciones para su Implementación

Para los operadores jurídicos y centros de arbitraje, la ley impone pautas estrictas que aseguran la legalidad del mecanismo:

• Formalidad del Pacto: El acuerdo de arbitraje no puede estar dentro de un título valor (como un pagaré o letra); debe constar en un documento anexo o separado, a menos que se trate de un contrato que ya tenga carácter de título ejecutivo.
• Protección al Consumidor: Es imperativo suministrar información clara, veraz y verificable sobre los efectos del arbitraje. Si no se cumple con este deber informativo, el consumidor no queda vinculado al pacto.
• Independencia Financiera: En contratos bancarios, la aceptación del arbitraje debe ser independiente de la solicitud de crédito y no puede ser condición para que se preste el dinero.
• Especialidad de los Árbitros: Los árbitros deben cumplir con los mismos requisitos exigidos para ser jueces de la República (municipales o de circuito, según la cuantía de la deuda).
3. Consejos para una Adecuada Práctica Jurídica

Para que el proceso sea efectivo y se eviten nulidades, se sugieren las siguientes prácticas:

• Gestión de Tiempos: El proceso tiene una duración máxima de 12 meses. Los abogados deben estar atentos, pues si no se realiza la audiencia de instalación en 4 meses desde la demanda, los efectos del pacto cesan y el caso pasa a la justicia ordinaria.
• Pago de Gastos: El demandante debe pagar los honorarios y gastos del centro en un plazo de 10 días hábiles tras la notificación; de lo contrario, el tribunal no se integrará y el pacto arbitral podría extinguirse para ese caso.
• Uso de Tecnología: Se incentiva el uso de plataformas virtuales y medios electrónicos para agilizar el trámite, siempre respetando la igualdad de quienes no tienen conectividad.
• Derecho de Retracto: En contratos de adhesión con consumidores financieros, estos tienen 60 días para arrepentirse de haber firmado el pacto arbitral.
4. Ventajas del Nuevo Sistema

Para los Clientes (Usuarios del Servicio):

• Celeridad: Se establecen términos perentorios para dictar sentencia (laudo), evitando las esperas prolongadas de la justicia ordinaria.
• Especialización: El uso de árbitros dedicados exclusivamente al caso y la posibilidad de contar con árbitros específicos para medidas cautelares asegura un manejo técnico de los embargos.
• Arbitraje Social: Para personas de bajos recursos y deudas pequeñas (mínima cuantía), los centros de arbitraje deben ofrecer el servicio de forma gratuita, permitiendo incluso la representación por estudiantes de consultorios jurídicos.
Para la Administración de Justicia:

• Descongestión: Al trasladar una parte de la carga de procesos ejecutivos a los centros de arbitraje, se liberan recursos y tiempo en los juzgados civiles.
• Eficiencia en el Recaudo: La ley permite que entidades especializadas administren, avalúen y rematen bienes, incluso mediante "martillos electrónicos", lo que profesionaliza la etapa de ejecución.
• Reserva y Seguridad: Los procesos que incluyan medidas cautelares mantienen carácter reservado, protegiendo la información sensible de las partes.
En conclusión, la Ley 2540 de 2025 representa un cambio de paradigma en el cobro de deudas en Colombia, priorizando la autonomía de la voluntad y la eficiencia procesal, sin descuidar los derechos fundamentales de los consumidores y de la población vulnerable.

(Gerardo Bernal Montenegro)

Postúlate al programa Asistentes de Idiomas en Colombia 2026–2027 y aporta a la internacionalización educativa del país....
19/02/2026

Postúlate al programa Asistentes de Idiomas en Colombia 2026–2027 y aporta a la internacionalización educativa del país. Aplica en la plataforma del hasta el 28 de febrero ➡️ acortar.link/UU5qW7

Nuevo Código procesal del Trabajo y de la Seguridad Social. Conozca hoy los alcances de la regulación laboral que entra ...
19/02/2026

Nuevo Código procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
Conozca hoy los alcances de la regulación laboral que entra en vigencia este año. Jueces, magistrados y académicos discutirán alcances de la norma en la vida de los trabajadores.
02:00 p.m.
➡️ acortar.link/eVnMS1

Colegio de Abogados de Risaralda informa: Consejo de Estado Decreta la suspensión provisional de los efectos del acto de...
13/02/2026

Colegio de Abogados de Risaralda informa: Consejo de Estado Decreta la suspensión provisional de los efectos del acto demandado y ordena a las entidades demandadas la fijación sustitutiva del salario mínimo para la vigencia 2026 como decisión administrativa transitoria.

QUISIERA SABER SI ALGÚN ABOGADO EN EJERCICIO SE IDENTIFICA CON ESTA SITUACIÓN:
03/02/2026

QUISIERA SABER SI ALGÚN ABOGADO EN EJERCICIO SE IDENTIFICA CON ESTA SITUACIÓN:

| 🚨 El gremio jurídico independiente volvió a quedar en el centro de la polémica, luego de que el abogado tolimense José Francisco Montufar Rodríguez denunciara que la lentitud de los procesos judiciales había golpeado con fuerza la economía de los litigantes. Según relató, la mora en la admisión y fallo de las demandas terminó arruinando la estabilidad de quienes dependen exclusivamente del avance de los casos para sostenerse.

Montufar Rodríguez explicó que los abogados litigantes no cuentan con salarios fijos ni ingresos mensuales asegurados, pues su sustento depende de que los procesos avancen en los despachos. Sin embargo, la realidad mostró que los tiempos de espera se prolongaban desde la radicación de las demandas, que podían tardar años en ser admitidas, hasta las dos instancias del proceso, incluso cuando ya se habían agotado las pruebas y los expedientes estaban listos para sentencia.

El abogado fue enfático al señalar que esta situación había generado un impacto devastador en la economía de los litigantes independientes. “Uno radica la demanda y solo para que sea admitida puede demorarse hasta tres años; después, hay procesos que en segunda instancia quedan listos para sentencia y aun así pueden tardar hasta cuatro años más, tiempo en el que no se genera ningún ingreso”, afirmó.

Ante este panorama, Montufar Rodríguez hizo un llamado a las autoridades judiciales para que adoptaran medidas urgentes que redujeran la mora procesal. Advirtió que la lentitud no solo afectaba a los usuarios del sistema, sino también a los abogados que dependían de una justicia oportuna para sostener su actividad laboral.

PROMUEVE: Colegio de Abogados de Risaralda: Acompáñanos en el Webinar *gratuito y de alto nivel academico* sobre "Arbitr...
22/01/2026

PROMUEVE: Colegio de Abogados de Risaralda: Acompáñanos en el Webinar *gratuito y de alto nivel academico* sobre "Arbitraje ejecutivo - Ley 2540 de 2025 " . Conoce sobre los aspectos clave del arbitraje ejecutivo y su aplicación práctica. 🗓️ Miércoles 4 de febrero de 2026 🕒 3:00 p.m. 💻 Modalidad virtual Inscríbete SIN COSTO en el siguiente link: https://empresarios.camarapereira.org.co/registro_capacitacion/registrar_usuario/253 Link Acceso al Evento: https://meet.google.com/zrf-wfqk-ayo Información al correo electrónico: [email protected]

📌DECRETO 0042/2026. Se sustituye y modifica en forma parcial el Decreto 1069  de 2015, Único Reglamentario del Sector Ju...
22/01/2026

📌DECRETO 0042/2026. Se sustituye y modifica en forma parcial el Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho en lo relacionado con MÉTODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS dapre.presidencia.gov.co/normativa/norm…

12/01/2026

AVISO BLOG NOTICIAS
El abogado estoico: un libro que nace de este blog

12 DE ENERO DE 2026 3 MINUTOS LEÍDOS
Cuando empecé a escribir este blog, allá por 2012, no tenía un plan claro ni una idea cerrada de hacia dónde me conduciría. Escribía para ordenar pensamientos, para compartir experiencias, para poner por escrito inquietudes que nacían del ejercicio diario de la profesión, pero siempre desde una perspectiva técnica, bien sustantiva o procesal.

Con el paso del tiempo, el blog fue dejando entrever una preocupación que iba más allá del Derecho en sentido estricto. Aparecieron reflexiones sobre la presión que soportamos, sobre el desgaste emocional, sobre la crítica, sobre el error, sobre el miedo al futuro, sobre la necesidad de mantener cierta serenidad cuando todo alrededor parece empujarnos a lo contrario. Eran experiencias vividas, muchas veces escritas después de un juicio, de una conversación difícil con un cliente o de una alegría o decepción profesional.

Con los años comprendí que en muchos de esos textos había una forma de mirar la profesión y una manera de entender que el ejercicio de la abogacía no consiste solo en dominar normas, técnicas o estrategias, sino también en aprender a gobernarse a uno mismo. Y fue entonces cuando empecé a reconocer en esas reflexiones algo que llevaba mucho tiempo acompañándome: la filosofía estoica.

No llegué al estoicismo como quien descubre una moda intelectual. Llegué a él porque, al leer a Séneca, a Epicteto o a Marco Aurelio, encontré palabras para explicar cosas que ya había vivido como abogado. La aceptación de lo que no depende de nosotros, la importancia del juicio que hacemos sobre los hechos, la necesidad de mantener la templanza en medio del conflicto, el valor del deber, la sobriedad frente a la vanidad. Todo eso estaba ya presente, de forma dispersa, en muchos de los textos del blog.

EL ABOGADO ESTOICO es, en cierto modo, la decantación natural de ese camino que surge de una evolución lenta y consciente. Es el intento de ordenar, profundizar y dar forma a muchas de las ideas que he ido dejando, casi a modo de pistas, a lo largo de más de muchos años de escritura.

El libro nace de la experiencia de quien lleva muchos años ejerciendo, equivocándose, aprendiendo y observando. Está pensado para abogados que saben que esta profesión puede ser apasionante, pero también exigente; estimulante, pero a veces ingrata; noble, pero no siempre amable. Abogados que intuyen que, si no se trabaja el interior, el exterior termina pasando factura.

A lo largo de sus páginas hablo de cómo afrontar la crítica, de cómo convivir con el error, de cómo gestionar la ira, de cómo asumir los fracasos, de cómo resistir la tentación del ego, de cómo ejercer el liderazgo con sobriedad. No desde la teoría, sino desde situaciones reconocibles para cualquiera que haya pisado una sala de vistas, tratado con clientes difíciles o soportado la incertidumbre de una resolución.

Este libro es también una forma de agradecimiento. A quienes habéis leído el blog durante estos años, a quienes habéis comentado, escrito o compartido experiencias, porque muchas de esas conversaciones han alimentado estas reflexiones. Si en algún momento encontráis en estas páginas algo que os ayude a mirar vuestro trabajo con más serenidad, a soportar mejor la presión o a recuperar el sentido profundo de la profesión, el objetivo estará cumplido.

La abogacía exige mucho. Precisamente por eso merece ser ejercida con conciencia, con fortaleza interior y con sentido. Ese es el hilo que ha unido este blog desde 2012 y que hoy se convierte, por fin, en un libro.

Para quienes tengáis interés en conocer más sobre esta obra, la información está disponible en la editorial, sin mayor pretensión que la de compartir un trabajo que nace de esta misma trayectoria:
👉 https://www.aranzadilaley.es/tienda/el-abogado-estoico

11/01/2026

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