03/06/2026
*La ética y el ejercicio de la abogacía: una obligación inseparable del derecho*
Hoy es muy necesario volver a tratar el tema de la ética. Sin que exista una razón válida para sostener lo contrario, la ética existe en todas las profesiones. Está presente en la medicina, en la ingeniería, en la odontología, en la contaduría, etc., y, por supuesto, en el derecho. Sin embargo, quiero hacer una mención especial a su necesaria existencia en el ejercicio de la profesión de abogado.
Resulta absurdo, por decir lo menos, escuchar que la ética y el derecho son dos cosas distintas o que pueden caminar por senderos separados. Esa afirmación no solo es equivocada, sino peligrosa. La ética, en todas las profesiones, y tal vez con mayor razón en el derecho, está ligada de manera inseparable a la actividad profesional. Podría incluso sostenerse que no debería ser necesario dictar una asignatura independiente de ética en las universidades. Lo ideal sería que cada materia, cada institución jurídica y cada tema estudiado fueran enseñados bajo una perspectiva ética permanente, de manera que el futuro profesional comprendiera que esas reglas universales de conducta correcta son inherentes a su ejercicio.
Lamentablemente, en el ámbito jurídico parece haberse consolidado una práctica distinta. Más grave aún, se ha extendido una creencia absurda cuya procedencia exacta resulta difícil determinar, pero que ha contribuido a deformar el comportamiento de algunos abogados. No hablo de todos, porque sería profundamente injusto hacerlo. Existen miles de abogados honestos, jueces íntegros, fiscales responsables y servidores judiciales comprometidos con la rectitud. Sin embargo, es innegable que ciertas conductas reprochables han llegado a normalizarse en algunos sectores del ejercicio profesional.
Tal vez una explicación parcial pueda encontrarse en la influencia cultural de las series de televisión y del cine, especialmente el proveniente de los Estados Unidos. Durante décadas hemos visto producciones donde el abogado aparece retratado como un personaje astuto, manipulador y dispuesto a todo con tal de ganar. Con frecuencia se le presenta como alguien que negocia a partir de trampas, que utiliza información obtenida de manera irregular, que presiona a las partes, que compra voluntades o que participa en acuerdos oscuros alejados de la legalidad.
Es posible que tales representaciones correspondan más a la ficción que a la realidad. Es muy probable, incluso, que no reflejen el comportamiento de la inmensa mayoría de los abogados estadounidenses. Sin embargo, la constante exposición a esos modelos puede haber contribuido a deformar la percepción social de la profesión e incluso a influir en algunos profesionales que terminan creyendo que el éxito se alcanza mediante la astucia deshonesta y no mediante el estudio, el trabajo y la integridad.
Antes que ejercer el derecho, el abogado debe comprender y respetar la ética. Ningún conocimiento jurídico puede sustituir la rectitud moral. No se puede, entre tantas cosas, engañar a los clientes. No se pueden descuidar los asuntos confiados. No se pueden cobrar honorarios abusivos. No se pueden ofrecer resultados garantizados. No se pueden solicitar sumas de dinero con el argumento, falso o no, de que serán entregadas a fiscales, jueces o funcionarios públicos. No se pueden pedir recursos económicos bajo el pretexto de influencias, favores o supuestas gestiones clandestinas destinadas a alterar el curso de un proceso, o para obtener supuestas reformas legales y cosas semejantes.
Nada de eso forma parte de nuestra función profesional. Por el contrario, todas esas conductas representan una traición a la esencia misma de la abogacía y entran a formar parte de lo disciplinable e incluso de lo delictivo.
El abogado tiene derecho a recibir una remuneración justa por su trabajo. Sus honorarios deben corresponder, por mencionar algunas razones: a su preparación, conocimiento, experiencia, prestigio, dedicación, complejidad del asunto y responsabilidad. No importa a quién defienda. La defensa técnica es un derecho fundamental y constituye uno de los pilares de cualquier Estado democrático. Un abogado puede representar a una persona inocente o a una persona responsable de un delito. Puede incluso defender a quien la opinión pública considera culpable. Esa es precisamente una de las funciones más importantes y sagradas de la profesión, así tenga muchas críticas sociales injustas.
Además, no debe olvidarse que nadie puede ser considerado delincuente mientras no exista una sentencia condenatoria ejecutoriada que así lo declare. La presunción de inocencia no es una fórmula vacía; es una garantía esencial del Estado de Derecho.
Es cierto que parte de la sociedad suele observar con recelo a quienes ejercen la defensa penal. Algunos consideran reprochable que un abogado represente a personas acusadas de graves delitos. Sin embargo, esa visión desconoce que el derecho de defensa existe precisamente para proteger a todos los ciudadanos, especialmente cuando enfrentan el poder punitivo del Estado.
Ahora bien, el hecho de defender a una persona acusada de un delito no significa compartir sus conductas ni adoptar sus valores. El abogado no debe confundirse con su cliente. Mucho menos debe establecer relaciones de amistad, dependencia o complicidad con él. Esta advertencia adquiere especial importancia cuando se trata de individuos vinculados a organizaciones criminales o a actividades ilícitas permanentes. “Se defiende pero no se asesora para el delito”
El defensor está llamado a proteger derechos, no a participar en proyectos delictivos. Su papel consiste en garantizar que el proceso se desarrolle dentro de los límites de la Constitución y la ley. Cuando el abogado cruza esa frontera y comienza a actuar como colaborador de los intereses criminales de su representado, deja de ejercer la profesión para convertirse en parte del problema.
La verdadera grandeza de la abogacía no radica en ganar casos a cualquier precio. Tampoco en obtener absoluciones mediante artificios o maniobras indebidas. Su verdadera dignidad consiste en servir a la justicia, proteger los derechos fundamentales y actuar con honestidad, incluso cuando ello implique asumir posiciones difíciles o impopulares.
Por eso resulta indispensable reivindicar la ética como elemento inseparable del derecho. No como una asignatura marginal, no como un simple código disciplinario ni como una serie de formalidades que deben cumplirse para evitar sanciones. La ética debe entenderse como la esencia misma del ejercicio profesional.
Sin ética, el derecho corre el riesgo de convertirse en una herramienta de abuso. Con ética, en cambio, se transforma en uno de los instrumentos más poderosos para la defensa de la dignidad humana, la libertad y la justicia.