02/04/2022
PADRE QUE ULTRAJA A LA MADRE FRENTE A SU HIJO INCURRE EN VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
Recientemente la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en sentencia SP-54142021 (51015) del 1 de diciembre de 2021, M.P. José Francisco Acuña, abordó el tema de la violencia sicològica contra los menores de edad, que se produce en el marco del maltrato físico y moral contra las madres, cuando éstos son obligados por sus progenitores a presenciarlo.
La situación de análisis, surgió en un caso donde el hombre ejerció agresión física y verbal sobre su esposa, en presencia del hijo común de la pareja menor de edad, conducta ésta que de acuerdo con las pruebas del proceso, le permitió a la Corte Suprema determinar que la víctima del delito de violencia intrafamiliar no solo había sido la mujer, sino también el menor hijo de la pareja.
En dicho caso, la Corte Suprema censuró las decisiones proferidas por las instancias anteriores a la Casación, por haber excluido al menor hijo como víctima, precisando que en el delito de violencia intrafamiliar se tutela el bien jurídico de la familia, específicamente como unidad, como proyecto colectivo que supone el respeto por la autonomía ética de sus integrantes.
En éste sentido, también se ha ampliado la protección a los menores de edad, cuando se encuentren en situaciones de violencia intrafamiliar y que puedan resultar afectados, precisamente por su debilidad manifiesta y extrema vulnerabilidad en que se haya por su condición de ser humano en proceso de formación y desarrollo.
Esa protección reforzada a los menores, implica que para que el delito de violencia intrafamiliar sea agravado, basta solamente que se constate la condición de menor de 18 años.
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