21/04/2026
Según nuestro código civil colombiano, existen dos clases de bienes, los bienes muebles y los bienes inmuebles, cuya característica básica es su posibilidad de traslado. Es decir, los bienes inmuebles son aquellos que no pueden trasladarse de un lugar a otro sin alterar su naturaleza ,como casas, fincas, lotes. Los bienes muebles por su parte, son aquellos que pueden trasladarse como .... Joyas, electrodomésticos , enseres etc.Estas características son clave en los efectos jurídicos que se desprenden de uno y de otro.