09/09/2026
Su inversión extranjera en Colombia se registra automáticamente, y precisamente por eso las cosas pueden salir mal.
Cuando se canalizan divisas a Colombia a través de un intermediario autorizado del mercado cambiario o de una cuenta de compensación, el registro de la inversión extranjera directa ante el Banco de la República se realiza automáticamente. La declaración cambiaria es el registro en sí. No hay que firmar ningún formulario aparte; no hay carta de confirmación ni nada que le indique que se haya registrado de forma incorrecta.
Ese silencio es el riesgo. El registro refleja lo establecido en la declaración de cambio, no lo que usted pretendía. Si la cifra no coincide con la operación legal real, si el inversionista registrado es una persona física en lugar de la entidad de control, o si la empresa receptora está mal identificada, el dinero está en Colombia, pero la inversión registrada no corresponde a la que usted realizó.
Los inversionistas suelen descubrir esto en el peor momento posible:
— cuando se remiten las utilidades al extranjero;
— cuando se venden acciones y se repatría el capital;
— durante la diligencia debida, cuando un comprador solicita el registro.
Es posible corregir una declaración de cambio a posteriori. Sin embargo, es un proceso más lento, requiere más documentación y resulta más costoso que hacerlo correctamente en el momento de la transferencia.
Tres preguntas que vale la pena plantearle a su banco y a su asesor legal antes de la próxima transferencia:
1. ¿Qué número se está utilizando y qué corresponde a la operación legal real?
2. ¿El inversionista registrado es la misma entidad que algún día recibirá los dividendos?
3. ¿Tiene una copia de todas las declaraciones cambiarias presentadas desde la primera transferencia?
En Lynceus Law Firm nos encargamos del registro de inversiones extranjeras y de la corrección de las declaraciones de cambio para inversionistas internacionales y empresas que operan en Colombia. Si nadie ha verificado nunca qué información tiene el Banco de la República registrada sobre su inversión, esa es la auditoría que debe realizarse primero.