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1215 Consultores de Ley 1215 Consultores de Ley, te acompaña en la gestión de los acuerdos laborales y comerciales que necesites como consecuencia del Covid-19.

Vendemos seguridad legal para tu negocio de manera integral y personalizada.

31/10/2022

Desde que se comienza una relación laboral, el empleador adquiere obligaciones previstas por la ley.

No cumplir con estas obligaciones; como lo son pago de prestaciones sociales, primas, vacaciones, cesantías; entre otros, puede costarle al empleador hasta 5.000 millones de pesos.

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Mayores informes 301 2699605

Las vacaciones son un descanso remunerado que todo empleado tiene derecho a disfrutar una vez al año.Estas pueden ser ot...
28/10/2022

Las vacaciones son un descanso remunerado que todo empleado tiene derecho a disfrutar una vez al año.

Estas pueden ser otorgadas de diferentes formas desde que exista un acuerdo entre empleador y trabajador.

La ley permite que este descanso sea de dos maneras:

Vacaciones disfrutadas: es el pago de quince días hábiles de salario sin la prestación del servicio por parte del trabajador
Vacaciones compensadas: es el pago de hasta siete días hábiles de las vacaciones sin que el trabajador disfrute del descanso.

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Te acompañamos en la toma de decisiones gerenciales, asociadas a procesos de vinculación de personal, estructuración de ...
25/10/2022

Te acompañamos en la toma de decisiones gerenciales, asociadas a procesos de vinculación de personal, estructuración de procesos disciplinarios, acuerdos bilaterales entre empleador y empleado, transacciones derivadas de despidos injustificado, controversias entre trabajador y empleador y cualquier otro proceso que devenga de relaciones laborales y Seguridad Social.

Con nuestro acompañamiento permanente, personalizado y oportuno lograremos reducir los riesgos económicos y sancionatorios a los que te enfrentas como empresario en el desarrollo de tu actividad comercial.

Si has evidenciado inconvenientes a la hora de pagar nómina o seguridad social, te invitamos a participar en nuestra cap...
11/10/2022

Si has evidenciado inconvenientes a la hora de pagar nómina o seguridad social, te invitamos a participar en nuestra capacitación ABC de la contratación laboral, donde aprenderás todo lo relacionado con las contrataciones y prestaciones sociales de una empresa.

En esta capacitación podrás saber más sobre:
- Reglas para la retención, deducción y compensación del salario.
- Casos de deducción o retención del salario sin autorización escrita del trabajador.
- Tipos de remuneración en materia laboral
- Criterios orientadores para establecer el salario.
- Conceptos sobre los pagos que no constituyen salario.
- Riesgo por pagar en extemporáneamente las obligaciones laborales.
- Costos adicionales por exceder el horario laboral.
- Aspectos claves para el pago de seguridad social.
- Quienes deben recibir auxilio legal de transporte y dotación.
- Diferencia entre vacaciones disfrutadas y compensadas en nómina.
- Obligaciones económicas frente a las Entidades de Seguridad Social Integral.
- Aclaración frente a las novedades de Planilla Pila.
- Obligación de reporte de novedades en Planilla Pila.
- Aporte al Sistema de Seguridad Social durante los periodos de incapacidades, licencias y vacaciones.
- Parámetros para los pagos no constitutivos de salario frente a una auditoría de la UGPP.
- El reconocimiento y pago de las prestaciones sociales.

Inscríbete ya mismo o inscribe a tus colaboradores en www.1215consultores.com/abc
Mayores informes: 301 2699605

No esperes a que otro registre primero que tú.
07/03/2022

No esperes a que otro registre primero que tú.

Entre los descuentos que requieren autorización podemos encontrar los siguientes: Deudas del trabajador contraídas con e...
04/03/2022

Entre los descuentos que requieren autorización podemos encontrar los siguientes:

Deudas del trabajador contraídas con el empleador, socios o representantes.

Indemnización por daños ocasionados a locales, máquinas, materias primas, pérdida de productos o elementos de trabajo.

Anticipo de salario

Recuerda que si no tienes un contrato por escrito con tus trabajadores, ellos podrán reclamar la existencia de un contra...
16/02/2022

Recuerda que si no tienes un contrato por escrito con tus trabajadores, ellos podrán reclamar la existencia de un contrato a término indefinido.

- El período de prueba debe ser estipulado por escrito y en caso contrario los servicios se entienden regulados por las normas generales del contrato de trabajo. (art. 77 del código sustantivo del trabajo)

- El preaviso requiere de ciertos requisitos para que sea válido y eficaz:

1. La manifestación de no prorrogar el contrato debe ser por escrito.
2. El escrito debe expresar clara e inequívocamente la decisión de terminar el contrato y de impedir la prórroga.
3. Esté escrito de preaviso se debe entregar con mínimo 30 días de anticipación a la fecha de terminación del contrato de trabajo.

Lanzamos nuestros servicios on line en nuestra pagina web.
20/05/2020

Lanzamos nuestros servicios on line en nuestra pagina web.

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