20/08/2025
El poder de diseñar contratos a la medida, validado por la Corte Suprema
En su reciente sentencia CSJ SC1741-2025 (12 de agosto de 2025) que les comparto para que le den una leidita, la Corte Suprema de Justicia volvió a poner sobre la mesa un principio que es oro puro para quienes hacemos derecho preventivo: la autonomía de la voluntad privada y la libertad contractual.
Este fallo deja claro que:
✔️ Las partes pueden crear contratos atípicos siempre que respeten la ley, el orden público y la buena fe.
✔️ Es posible pactar condiciones resolutorias expresas que operen ipso iure (automáticamente) al cumplirse el hecho acordado, sin necesidad de sentencia, salvo para efectos declarativos.
✔️ Si la condición resolutoria se basa en incumplimiento, solo la parte cumplida puede invocarla.
✔️ La forma en que regulamos la coligación contractual (contratos y anexos vinculados) puede definir qué efectos tiene la terminación del contrato principal.
Este pronunciamiento respalda una verdad que aplico a diario:
Un contrato bien diseñado no solo previene riesgos, sino que puede convertirse en un aliado estratégico para ejecutar la visión del negocio de tu cliente.
Hoy más que nunca, la Corte nos recuerda que para nuestra fortuna el derecho no es una camisa de fuerza: es una caja de herramientas para estructurar acuerdos que realmente funcionen para las partes.