AFI CGR - Agrupación de Funcionarios Independientes CGR

AFI CGR - Agrupación de Funcionarios Independientes CGR Agrupación para la representación - organización de los funcionarios independientes de la CGR. El sexto o séptimo en CGR.

¿Qué significará ser independiente si de todas formas van a conformar un nuevo grupo militante, activista o sindical? Respuesta:

Cordial saludo estimado Compañero:

Las ideas se concretan en proyectos y los proyectos se materializan, el ser funcionario de la CGR no sindicalizado o agremiado es un estatus que decidimos por convicciones políticas, religiosas, morales, económicas o éticas y el conce

pto de la actividad sindical desafortunadamente por las acciones de quienes tienen el deber de hacerlo realidad se ha desvirtuado y postrado en la desconfianza, por ello, la agrupación pretende sintonizar, encontrarnos, fijar posiciones con respecto a temas que nos atañen a todos y no seguir en la misma diáspora de la cual se beneficia cinco (5) organizaciones sindicales que hay en la entidad, que agrupan no más de 1.500 funcionarios de 4.800 activos. No sé si siempre se concibe una organización de personas, en este caso funcionarios del Estado dentro de la categoría de SINDICATO, es decir es cuestión de conceptos y definiciones en donde juega mucho el tema histórico que le dieron origen. Es el caso de aquellos que se unen para rezar u orar y se percibe como si ya estuviera creando una iglesia, o en la actividad económica se agremian más de dos comerciantes, industriales etc y ya estamos hablando de Federaciones o Agremiaciones; en el tema de los sindicatos tenemos que se perciben una colectividad de trabajadores que se unen para reivindicar derechos laborales, relegando a un segundo plano el contexto económico de las empresas o entidades, como si eso fuera accesorio y es ahí donde difiero, por ello es que en esta etapa de incubación existe una diferencia radical que creo no ha sido comprendida y es que nuestra agrupación se enfoca en elevar al mismo plano, nuestras reivindicaciones laborales y las necesidades de la entidad en el contexto nacional, no podemos seguir en la tónica de pedir mucho y comprometernos poco con el resultado del ejercicio de nuestra función de control fiscal público, si no abogamos por resultados y compromisos de realizar nuestras actividades, apague y vámonos, porque va a llegar el punto que se volverá inviable la CGR y ahí están los políticos para hacer su trabajo, basados en el discurso de la corrupción interna se suprime y creamos una agencia, un ministerio, un ente autónomo, etc para seguir el ciclo de la burocracia basada en el clientelismo. Trato de dar una respuesta a algo inconcebible y es ante ese alto índice de corrupción en nuestro país, ¿porque tan deficientes nuestros resultados macro con respecto al avance del fenómeno de corrupción que tanto daño le hace al país? ¿No crees que la sociedad también se hace la misma pregunta al considerar a la CGR como la entidad encargada de vigilar los recursos del Estado?, no las tengo y créanme que con los interrogantes no estoy en la tónica de dejar de reconocer el trabajo, las actividades y los resultados de todos aquellos que han logrado ser efectivos en sus labores misionales, es así, que hablo de resultados MACRO y no de especificidades. Es difícil concretar proyectos solo con las buenas intenciones, pensando un mejor mañana y retóricamente criticando destructiva o constructivamente el contexto actual de nuestra entidad, para ello necesitamos materializarnos, organizarnos y visibilizarnos, que la administración sienta que existe un porcentaje que ronda entre el 60% y 70% de funcionarios que no pertenecemos o somos afiliados a las organizaciones sindicales existentes, porque no es que estemos en contra del discurso de las luchas sociales o el sindical, las mejoras que se pueden obtener por el hecho estar unidos y representados en las agremiaciones, sino la manera como históricamente con las acciones o resultados de los dirigentes sindicales, terminaron por desacreditar las buenas intenciones, el trabajo altruista que realizan y su capacidad de representación, por el hecho de aceptar coimas, dadivas o beneficios de la contraparte, percibiéndose en el grueso de los servidores públicos de la CGR, la utilización del discurso sindical para el beneficio particular y selectivamente colectivo de unas directivas que siente tener poder, por el hecho de mantener nos mas de 1.500 activistas ensalzando sus posturas. Particularmente, están las pruebas de la última negociación de FECODE, que beneficio a una minoría representada en las directivas con una bonificación extra a los docentes escalonados 13 y 14, que son los que tienen en algunos casos 2 pensiones y salario, en perjuicio de los que hoy están iniciando su actividad profesoral, que solo inician ganando no más de $1.500.000,oo (cuatro o cinco años de estudio universitario, a veces con postgrados para esta mísera de retribución) y el caso de ASONAL, que una vez los Jueces y Magistrados alcanzan sus objetivos salariales en perjuicio de los administrativos (muchas veces los que verdaderamente les toca la carga laboral más pesada), ordenan levantar las actividades de cese de actividades y pare de contar, hasta ahí llego la solidaridad sindical. Por todo lo anterior, es que hoy debemos pensar que nuestra fortaleza radica en la unión, que desafortunadamente para poder actuar en nombre de un colectivo se requiere una formalización que se concreta con una personería jurídica y estatutos que dan organización al proyecto y que la base debe fijar los principios de acción en pro de aglutinar verdaderamente los objetivos que pretendemos materializar y tener como horizonte lo siguiente:

“El grupo tiene la finalidad incentivar al interior de la CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA la unidad y organización de los funcionarios activos independientes:

No sindicalizados
Sindicalizados
De carrera administrativa,
En encargo o comisión,
Provisionalidad
Libre nombramiento y remoción

Como plataforma que nos permita gestionar y asesorar ante la administración de la CGR procedimientos, actividades y decisiones con respecto a las solicitudes - peticiones de los funcionarios públicos con criterios de igualdad, equidad, transparencia y objetividad en cualquiera de los temas que se dejen en conocimiento de la entidad. Además, tiene el objetivo de lograr representación en equidad para todos los funcionarios dentro los diferentes comités institucionales del Superior Órgano Publico de Control Fiscal en Colombia. Se utilizaran los medios humanos, tecnológicos y físicos para incentivar la unidad en torno a ideas, propuestas, proyectos y fórmulas de participación democrática de sus integrantes con miras a resultados positivos en los próximos procesos electorales de la CGR, de tal manera que, organizados se maximicen los éxitos alcanzados por quienes desde una visión independiente, quieren participar de forma activa en las decisiones trascendentales de la CGR.”

Es independiente porque pretende organizar y representar sin distingo de categorías a los funcionarios de la CGR, fijando posiciones concertadas que concrete el interés general colectivo con respecto a los temas de nuestro diario vivir, fungir en el rol de veedores y tener mayores posibilidades a futuro de representaciones en las instancias oficiales o comités institucionales; además de concebir nuestra participación activa como un flujo dinámico que garantice la reivindicación de nuestros derechos laborales, pero a la vez, el compromiso que nos asiste con los resultados y los deberes enfocados en el cumplimiento de nuestras funciones, en pro de la fortaleza – vigencia de la CGR, el control fiscal público y el Estado Social de Derecho. Lo invito a que se suma con sus participaciones, pues estamos en esa etapa de incubación en donde se requiere el ánimo, las ganas y la participación de cada uno de nosotros, enviando sus aportes al mail [email protected], [email protected], wapsap 3105581905 o colgando sus comentarios en el muro de “AFI CGR” Agrupación de Funcionarios Independientes de la CGR. Atentamente,

HERNANDO MEDINA
Profesional Universitario Grado 02 Santander.

¿Cual es la funcion de las dependencias de Control Disciplinario en las entidades publicas y los organos de control del ...
02/11/2015

¿Cual es la funcion de las dependencias de Control Disciplinario en las entidades publicas y los organos de control del Estado como la CGR? ... Investigar objetivamente las faltas disciplinarias de los servidores publicos, sin embargo ejemplos como estos son muy frecuentes, cuando no al servicio de administradores, lo hacen cumpliendo mandados de agremiacione sindicales que se sienten con poder para a traves de sus fichas en ellas, pretender sancionar a sus detractores.... amanecera y veremos, la justicia y el derecho se imponen ante el oportunista.

Esta semana se revelaron las evidencias de que en la dirección de la Policía se acomodaba un proceso disciplinario. Una coronel fue objeto de un procedimiento similar que terminó en su retiro por denunciar corrupción en la entidad.

Cordial saludo,Ya están las citaciones para la presentación de las pruebas escritas del Concurso de Méritos para selecci...
08/08/2015

Cordial saludo,

Ya están las citaciones para la presentación de las pruebas escritas del Concurso de Méritos para seleccionar Procuradores Judiciales – PGN 2015.

Los exámenes se aplicaran el domingo 13 de septiembre del 2015 hora 7:30 a.m., link:

https://www.concursoprocuradoresjudiciales.org.co/heurisoft4/publicacion_citacion/logueo.jsp

Y los ejes temáticos de la pruebas que pueden ser consultados en el Link:

https://www.concursoprocuradoresjudiciales.org.co/heurisoft4/guia_aspirante/logueo.jsp

atentamente,

HERNANDO MEDINA
Gestor “AFI CGR”

CALL CENTER O CENTRO DE LLAMADAS PARA EL CONCURSO DE PROCURADORES JUDICIALES Disponible entre el 7 y el 13 de septiembre de 2015. Si tiene alguna duda sobre la jornada de aplicación de las pruebas escritas de conocimientos y competencias o sobre la logística de la misma comuníquese con la líneaPBX:…

CONVOCATORIAS CNSC – COMPRA DE PINES E INSCRIPCIONES AGOSTO DEL 2015Cordial saludo,En la página de la Comisión Nacional ...
29/07/2015

CONVOCATORIAS CNSC – COMPRA DE PINES E INSCRIPCIONES AGOSTO DEL 2015

Cordial saludo,

En la página de la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC se encuentran en actividad las siguientes convocatorias en la cuales en el mes de agosto del 2015, se realizaran los pasos de compra de pines e inscripciones.

He observado las ofertas públicas de empleos y hay cargos para variados perfiles, profesiones y con buenas asignaciones salariales.

CONVOCATORIA CNSC 323, 327 Y 328 DEL 2015 - ADMINISTRACIÓN DISTRITAL DE BOGOTA

“Primer Grupo de Convocatorias de Empleo Público en Bogotá 2015”
el 16 Julio 2015.

La Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC y la Alcaldía Mayor de Bogotá, informan a la ciudadanía sobre el “Primer Grupo de Convocatorias de Empleo Público en Bogotá 2015”, en el cual se presenta a los interesados en participar en el concurso abierto de méritos, la Oferta Pública de Empleos de Carrera Administrativa de 1.187 empleos vacantes, pertenecientes a las Secretarías Distritales de Planeación y de Hacienda y al Instituto de Desarrollo Urbano - IDU.

Con este Primer Grupo de empleos vacantes se convoca a concurso abierto de méritos para proveer definitivamente 291 empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Planeación – SDP (Convocatoria N°.323 de 2014), 90 empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU(Convocatoria N°.327 de 2015) y 806 empleos vacantes pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la Secretaría Distrital de Hacienda – SDH (Convocatoria N°.328 de 2015).

Venta de PINES

Para el proceso de inscripción a las convocatorias es necesario que el aspirante adquiera un número de identificación personal, conocido entre la ciudadanía como PIN.

El interesado podrá participar en todas las convocatorias y para cada empleo seleccionado al que aspire inscribirse, deberá adquirir un PIN, según su perfil académico y laboral frente al empleo por el que quiere concursar.

La venta de pines se realizará en todas las oficinas del Banco Popular a nivel nacional, a partir del día jueves 30 de julio y hasta el día jueves 13 de agosto de 2015. En total serán 10 días hábiles durante los cuales se podrá comprar los pines. Se venderán pines por cada una de las convocatorias que conforman este “Primer Grupo de Convocatorias de Empleo Público en Bogotá 2015”, así: Convocatoria N°.323 de 2104 – Planeación Distrital, Convocatoria N°.327 de 2015 – IDU y Convocatoria N°.328 DE 2015 – SDH.

En el Banco Popular se debe solicitar la venta de pines por cada entidad de manera independiente según los siguientes niveles y valores:

Nivel Profesional Valor PIN: $ 32.200
Nivel Técnico y Asistencial Valor PIN: $ 21.500

Si un aspirante considera que con su formación académica y experiencia laboral puede aplicar a un empleo en más de una entidad de este “Primer Grupo de Convocatorias de Empleo Público en Bogotá 2015”, entiéndase hasta en dos Convocatorias o en las tres Convocatorias, deberá comprar uno o dos o tres pines conforme a las inscripciones que vaya a realizar.

Sin embargo, se debe tener presente que solamente se podrá participar en uno de los empleos por cada entidad.

Así mismo, se recuerda que la sola compra del PIN no significa la inscripción a una convocatoria.

Inscripciones

Las inscripciones se realizarán a través de la página webwww.cnsc.gov.co de la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, medio oficial del concurso, en el enlace “Primer Grupo de Convocatorias en Bogotá 2015”, donde se podrá desplegar la inscripción para las tres entidades según la Convocatoria a la que aspire participar: Planeación Distrital N°.323, IDU N°. 327 y Hacienda Distrital SDH N°.328.

Para la inscripción en una convocatoria y según el nivel al que se aspire concursar (Profesional o Técnico y/o asistencial), se debe digitar tanto el número del PIN como el número del documento de identidad.

Así mismo se debe ingresar la información solicitada en el formulario de inscripción y una vez se finalice, el aspirante debe guardar e imprimir la constancia de inscripción y consultar en el módulo “Consulte su inscripción” que se haya realizado con éxito la inscripción.

Solamente se podrá hacer la inscripción a un empleo por entidad.

Las inscripciones serán desde el 30 de julio y hasta el 18 de agosto de 2015
Se sugiere no dejar para último momento la realización de la inscripción.

El medio oficial de información para las convocatorias del “Primer Grupo de Convocatorias de Empleo Público en Bogotá 2015”, es la página Web de la Comisión Nacional del Servicio Civil-CNSCwww.cnsc.gov.co

Link Oferta Pública de Empleo:

http://gestion.cnsc.gov.co/Qry_Opec_GranDistrital/fInicioOfertaGranDistrital.aspx

CONVOCATORIA No. 326 del 2015 – DANE

Aviso venta de Pines e Inscripciones - Convocatoria 326 de 2015 - DANE
el 28 Julio 2015.

La Comisión Nacional del Servicio Civil informa a los interesados en ocupar por mérito empleos del nivel Asesor, Profesional, Técnico o Asistencial, que se encuentra abierta la Convocatoria No. 326 de 2015 DANE.

• Venta de PINES: Desde el 11 de agosto hasta el 31 de agosto de 2015, en todas las oficinas del Banco Popular a nivel nacional.

• Inscripciones: del 11 de agosto, hasta el 2 de septiembre de 2015.

• Valor del PIN: $ 32.200 para el nivel asesor y profesional y, $ 21.500 para el nivel técnico y asistencial.

Consulte la Oferta Pública de Empleos –OPEC, en:
https://www.cnsc.gov.co/index.php/oferta-publica-de-empleos-326-de-2015-dane

atentamente,

HERNANDO MEDINA
Gestor “AFI CGR”

22/07/2015
14/07/2015

LA DIFERENCIA DE CRITERIOS Y OPINIÓN NO DEBE SER MOTIVOS PARA EL BULLYNG, MATONEO Y ADVERTENCIAS DE ASCONTROL.

Quiero expresar mi más profundo rechazo a los términos con los cuales ASCONTROL y demás pretenden debatir, expresarse o referirse a los funcionarios de la CGR, los cuales tienen la finalidad de burlarse, aminorar y ridiculizar a su interlocutor con adjetivos como “candidato perdedor”, “el de la bufanda desgastada” e inclusive como he recibido en mi buzón mail que reseña al presidente de esa organización sindical como el “Mario Bross de la CGR”. Cada quien tiene su nombre y apellido, estamos en una entidad de altura con profesionales de categoría e inteligentes, esa no es la cara que debemos presentar ante los ciudadanos, ya que el desprestigiado es el Estado y los perdedores somos todos nosotros como órgano de control fiscal.

El documento de ASCONTROL “sobre la negociación colectiva” en donde exponen sus interpretaciones con respecto al acuerdo colectivo, no es más que una andanada de saña, matoneo y bullying por el tema de los encargos en el cual se me descalifica, bajo el rotulo de “candidato perdedor” para referirse al suscrito (HERNANDO MEDINA) y mediante un pasquín remitido a través del correo institucional a toda la CGR, advertirme de retaliaciones judiciales por las supuestas injurias y calumnias que ellos mismos se han inventado, tergiversando mis comentarios genéricos, para tratar de cerrar un debate que al parecer se negó a dar en la mesa de negociaciones.

Como ustedes mismos lo reconocen fueron tres (3) meses en lo que sus delegados y demás negociadores, cuyos gastos para el caso de los funcionarios de las Gerencias estuvieron a cargo del Estado, quienes concretaron un documento de acuerdo colectivo con muchas expectativas, demasiadas incertidumbres y pocas certezas.

Percibo que lo expresado en mis opiniones les afecta, pese que nunca he individualizado a ninguna organización sindical, es como si se sintieran aludidos. Me causa extrañeza que si están haciendo una defensa de la postura con respecto al tema de los encargos y que se refieren en conjunto a todas las organizaciones sindicales, ¿Por qué no es un comunicado suscrito por todos los cinco (5) sindicatos que participaron en la concertación? O se trata de una manifestación unilateral de ASCONTROL y su Presidente con la cual, no solo se me matonea y se advierten acciones judiciales contra el suscrito, sino que se invisibilidad el papel de las demás agremiaciones sindicales en los acuerdos.

DEL ACUERDO COLECTIVO

En el acuerdo colectivo impuesto por sus mayorías, no solo dejo el tema de los encargos en el tintero, sino que como ley para las partes en la práctica, insisto, no es más que un pliego de refrendación expresa de los derechos de carrera administrativa vigentes y una carta de buenas intenciones con interpretaciones en su aplicación a favor de la administración, que se condicionan a factores de análisis, estudio o regulación a posteriori de los otros puntos concertados con la NACION/CGR.

Por ello, traigo a colación los temas en los cuales hay certeza: derechos sindicales, fuero sindical, permisos sindicales, gastos de la negociación imputados al Estado para el desplazamiento y manutención de los negociadores de las Gerencias para los tres (3) meses que duraron las negociaciones (que aún no termina según ASCONTROL, por lo tanto, al parecer seguirá el Estado pagando viajes en avión y hoteles), derechos adquiridos de los funcionarios, estabilidad laboral y concursos de méritos, puntos que en la práctica es llanamente el cumplimiento de la Ley, cuyos verbos rectores son claros en expresar compromisos que son objeto de exigibilidad, sin condicionamientos, como se haría si se violara el ordenamiento jurídico, accionando ante el juez competente. Se aprecian tres (3) temas que benefician a todos los funcionarios que están debidamente legislados, por lo tanto el acuerdo es una refrendación de lo existente.

Sin embargo, en los puntos que ASCONTROL pretende reivindicar como la gran conquista y que tienen que ver con: la planta temporal de regalías, ampliación de planta permanente, permisos de estudio, vacantes cargos de libre nombramiento / remoción y nivelación salarial, no hay regulación clara, expresa y exigible, ya que su redacción se presta para interpretaciones que hacen nugatoria la fuerza vinculante del acuerdo colectivo, pues se ha concertado y redactado bajo términos de expectativas (analizará, estudiará, considerará), cuando se proyectan sus verbos en futuro imperfecto sujeto a los criterios de la contraparte (futuro imperfecto: él, ella y ustedes analizara, estudiará, considerará).

DE LOS ENCARGOS

El tema de encargos, motivo de sus enojos, no se llegó a plantear ni siquiera como una expectativa, cuando hoy en día producto de la evolución jurídica de la carrera administrativa y la férrea defensa de la Corte Constitucional en la materia, se han dado las bases jurídicas para que internamente se exijan de forma individual o colectiva la aplicación de mecanismos objetivos, que garanticen el debido proceso en la consolidación del derecho preferencial de encargo, para los funcionarios de carrera administrativa de la CGR.

En ese orden de ideas pretende ASCONTROL acudir al argumento de la falacia al afirmar que: “ASCONTROL no le interesa promover una masacre laboral proponiendo que dicha planta sea provista en encargo por funcionarios de carrera, así se tenga el derecho”, afirmación que no se compadece con su actuar, pues no hace más de un año propicio con sus gestiones jurídicas una verdadera masacre laboral e incertidumbre de derechos adquiridos con respecto a los funcionarios del DAS, adscritos a esta entidad y que en cierta forma su movilidad, más allá de la desconfianza, no rayaba con nuestros derechos; si fuera cierta su afirmación, ¿qué pasa con quienes siendo de la planta de regalías por X o Y razón los declaran insubsistentes por ser cargos de libre nombramiento y remoción a disposición de la administración?, será que ¿cuándo se trata de una decisión unilateral de la administración amparada en otros factores y criterios es sana y cuando se exige como un derecho, se propicia una masacre laboral?. No se debe apalancar en nuestras acciones de funcionarios públicos la doble moral y utilizar el discurso de la solidaridad a sus conveniencias.

la importancia del tema de los ENCARGOS radica que con ellos es la oportunidad, así sea transitoria que tienen los niveles operativos y asistenciales de mejorar sus asignaciones salariales e ingresos, ese grupo de funcionarios que son en su gran mayoría los afiliados de ASCONTROL y que tienen la ilusión de un mejor futuro en la entidad, que por años han estado sujetos al lobby y el cabildeo para que sean encargados, mientras ustedes realizan todas las acciones para el beneficio de los niveles profesionales y ejecutivos, hoy tienen en sus intervenciones la oportunidad que de beneficiar a todos por igual, si se aboga por una figura de ENCARGO que respete escaleras regladas, serias y rotativas; sin embargo, con desilusión visualizo que el horizonte es otro.

EL CANDIDATO PERDEDOR

Ante su pronunciamiento “opiniones emitidas por un candidato que se resiste a aceptar que perdió democráticamente en las urnas y que se ha dado a la tarea de opinar”, les comunico que yo siempre he reconocido su victoria, lo que no comparto de sus afirmaciones reiteradas en varias ocasiones en el pasquín con el que me matonean públicamente en el correo institucional, es la intención que tienen de minimizar los logros obtenidos por el suscrito, pues mientras el candidato ganador competía en un Ferrari, su contendiente no le alcanzó, si quiera para una zorra de tracción animal.

Me refiero a que competía en un Ferrari, porque el candidato de ASCONTROL señor CARLOS SAAVEDRA, es el Presidente por muchos años del sindicato con mayor presencia en la CGR, con más de 20 o 25 años en la entidad como funcionario público, 16 años con la agremiación sindical cuya presencia se extiende por treinta (30) departamentos del país y que según cálculos conservadores es ordenador del gastos de más de 250 millones de pesos al año (1076 * 20.000 promedio * 12 meses = $258.240.000,oo) producto de las contribuciones sindicales, además que, los costos de sus actividades en su mayoría son atribuidos al Estado.

Lo anterior no se compadece con el candidato que ASCONTROL despectivamente llama “perdedor”, porque HERNANDO MEDINA con 6 años de experiencia en la entidad, cuya única herramienta era la fuerza del argumento, el correo institucional de la CGR y conforme a las reglas del Comité Electoral integrado solo por los delegados de los sindicatos, 3 días de proselitismo a nivel nacional, perdió numéricamente, pero quedó con la satisfacción de grandes victorias morales y democráticas que se resisten a reconocer en su pasquín.

Les manifiesto a ASCONTROL y a su Presidente que NO comparto su conclusión de catalogarme de la manera que lo hace y resalto lo siguiente con respecto a los resultados oficiales emitidos por la Gerencia de Talento Humano:

CARLOS SAAVEDRA ZAFRA ganó con 1600 votos a nivel nacional (después que en la contienda del 2013, salió electo para el Comité Directivo de la CGR con 1786 votos, es decir perdió 186 votos. HERNANDO MEDINA / CLAUDIA YANNET PEDREROS, obtuvo 1023 votos formula que aumento 180 seguidores con relación al desempeño de la misma del 2013 y hoy tiene el deber de sentar posiciones y expresar opiniones con respecto a los temas que atañen a la CGR, así no les guste y pretendan mediante advertencias de retaliaciones judiciales, el atropello y bullying callar nuestros puntos de vista.

La fórmula HERNANDO MEDINA / CLAUDIA YANNET PEDREROS ganó en ocho (8) gerencias departamentales colegiadas: AMAZONAS, BOYACA, CALDAS, CAQUETA, GUANIA, META, RISARALDA y SANTADER, sin contar con bases, estructuras y maquinarias que tiene el señor CARLOS ABEL SAAVEDRA ZAFRA, que por años le han realizado el trabajo proselitista en todo el país.

DERECHO DE PETICIÓN:

Siendo así y en ejercicio del derecho de petición conforme al artículo 1 de la Ley 1755 del 2015, que reforma los artículos 13 y ss del CPACA y amparado en el artículo 32 reformado, le solicito a ASCONTROL la siguiente información:

PETICION: Que se me informe por cargos y estadísticamente cuantos funcionarios AFILIADOS a ASCONTROL, hoy en día se encuentra bajo la figura de encargo o comisión en la CGR, para lo cual agradezco se me comunique la identificación del funcionario, el cargo que ostenta de carrera y el cargo en el cual fue encargado y desde que fecha se configuro la novedad. En todo caso ante la negación por reserva constitucional y legal, solicito se me indique las leyes y jurisprudencia que así lo expresan, más no sus interpretaciones personales y privadas.

Lo antecedido con la finalidad de tener los medio de prueba suficiente para ilustrarme de mejor manera sobre este tema en particular y reafirmarme en las conclusiones realizadas en ejercicio del derecho de expresión y opinión.

CONCLUSIONES:

Les insisto señores ASCONTROL y a su presidente CARLOS SAAVEDRA, quienes utilizan los mensajes cifrados como “candidato perdedor” para referirse a mi persona y advertirme bajo el rotulo de las advertencias, de las cuales estoy tranquilo, que en ningún momento de mis comentarios se configura injuria o calumnia alguna, que cada manifestación del suscrito se apega a la percepción que tenemos de los hechos, porque a las realidades sus conceptos y definiciones, la acción de comunicación y publicación, es parte del derecho de expresión y estas opiniones son consecuencia de los resultados del contexto que se valora.

Los invito para que objetivamente se unan a las acciones en favor del control fiscal público, la CGR y los derechos los funcionarios activos mediante el diálogo, la concertación abierta y democrática, en aras que sus afiliados sean actores del verdadero cambio y con el grupo de “amigos” independientes que minimizan, se forje un mejor futuro en todos los aspectos que atañen a nuestra entidad y las funciones constituciones encomendadas.

Agradecido por su atención,

Cordialmente,

HERNANDO MEDINA
Gestor “AFI CGR”

08/07/2015

Estimados funcionarios CGR:

Muy agradecido por el interés manifestado a través del correo institucional, estoy en el proceso de recepcionar aportes de los funcionarios de la CGR para consolidarlos.

La idea o proyecto es concretar una agrupación que jurídicamente tiene la connotación de Asociación Civil Sin Animo de Lucro que busca ser actores activos, participar y ser opción de representación, en los siguientes temas: (tentativamente)

1. CONTROL FISCAL PUBLICO EN COLOMBIA
2. CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA O NACIÓN (O PUEDE SER NUESTRA PROPUESTA "CONTRALORIA GENERAL DEL PUEBLO")
3. REIVINDICACIÓN Y DEFENSA DE LOS DERECHOS LABORALES ATINENTES A LA CARRERA ADMINISTRATIVA Y LAS GARANTIAS OBTENIDAS DESDE LA PERSPECTIVA DERECHOS – DEBERES, QUE TENGA COMO PREMISA BENEFICIOS COMUNES PARA LOS FUNCIONARIOS DE LA CGR, LA ENTIDAD, EL CONTROL FISCAL PÚBLICO Y EL ESTADO.
4. SER OPCIÓN REAL DE REPRESENTACIÓN EN LAS ELECCIONES DEL 2017, DE TAL MANERA QUE LOS FUNCIONARIOS ACTIVOS INDEPENDIENTES DE LA CGR NOS ORGANICEMOS Y ALCANCE MAYORES Y MEJORES EXITOS EN LOS RESULTADOS, PUES EN EL PROCESO DE ESTE AÑO EL 90% FUERON ELEGIDOS DE LAS FORMULAS DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES QUE NO AGRUPAN MAS DE 1300 FUNCIONARIOS EN LA CGR.

Se tiene proyectado que desde los mecanismos de participación como el Derecho de Petición, Constitución de Veedurías y acciones judiciales, amparados en una figura jurídica actuemos en los temas mencionados.

Por ello la invito que si quiere ser gestor(a), promotor(a) e integrante de un equipo serio que tenga voz y representación en un futuro, concretemos formalmente este proyecto y démosle vida al “AFI CGR” AGRUPACIÓN DE FUNCIONARIOS INDEPENDIENTES DE LA CGR, en la cual sin discriminación, cada uno de los funcionarios activos nos aporte sus ideas, consideraciones y se sienta respaldado.

En espera de su comentarios y aportes,

Atentamente,

HERNANDO MEDINA
Gestor AFI CGR

08/07/2015

Compañeros CGR:

A propósito del Comunicado de ASDECOL sobre los ENCARGOS,

Que no se aplique la premisa de confunde y ganaras o divides y reinaras.

Valga la pena aclarar que en el tema de los ENCARGOS ya se habían realizado observaciones públicas a toda la CGR, por ello los interrogantes de las organizaciones sindicales deben publicarlos con respuestas incluidas, cuyos representantes de sentaron en la mesa de negociación y acordaron el escrito que presentaron a todos nosotros; que estos juicios de mea culpa sirvan para hablarle con la realidad de los acontecimientos a todos los afiliados y no afiliados, pues es evidente que a puerta cerrada se negocia no solo interés general sino el particular, al no exigírsele a la administración como base de acuerdo el cumplimiento de la Ley y la Jurisprudencia que indica muy claramente en el tema de encargos, derechos preferenciales para los funcionarios de carrera administrativa de la CGR, además de objetividad, debido proceso y meritocracia para su asignación.

Para nadie es un secreto que el poder se maneja con burocracia y que al interior de la CGR las organizaciones sindicales pretenden clientelizar los encargos con miras de empoderar sus directivas sindicales en puestos de mejor categoría a nivel nacional, con base en el discurso de las luchas sociales y sindicales, teniendo como útiles a sus afiliados que los financian con sus cuotas sindicales y les ceden a través de la agrupación, el poder de representación para el beneficio de un exclusivo grupo de aforados, indicando públicamente que a los negociadores directamente en nada los beneficia, pero si son ordenadores del gasto de los ingresos colectivos por cuota sindical que mensualmente en el más grande de ellos sobrepasa los $230 millones que suman anualmente más de $2000 mil millones de pesos, con la salvaguarda que la administración financia gran parte de los gastos por su actividad sindical, para la firma de un acuerdo colectivo que en la práctica es una oda a las buenas intenciones.

Por lo anterior reitero:

Al realizar una lectura del Acuerdo Colectivo 2015, firmado entre las Organizaciones Sindicales y la administración de la CGR, que por disposición legal es extensivo a todos los funcionarios y no logra identificar un compromiso con el tema de los encargos y el procedimiento objetivo para su provisión, rotación y preferencia, ni en lo que se refiere para aquellos empleos de carrera administrativa vacantes temporal o permanentemente, ni mucho menos con respecto a los nuevos cargos temporales de regalías.

Las prerrogativas formalizadas son las misma reivindicaciones de siempre y estaba a la espera de un pronunciamiento integral sobre este tema, de tal manera que plasmara un compromiso y oportunidad real a los potenciales funcionarios beneficiarios basada en criterios de equidad, igualdad, debido proceso, valoración de logros y resultados.

No es mi intención dejar en el ambiente interrogantes inquietantes como ¿si producto del beneficio de una clientela sindical, hoy quienes tienen el deber de precisar criterios sobre el tema de encargos, no tienen la fortaleza ética y moral de pedir a la administración del órgano de Control Fiscal, procedimientos competitivos para el asunto de encargos, que beneficien a todos los servidores públicos de la CGR?, pero es mi obligación, pues más de mil funcionarios avalaron y confiaron con su voto una participación activa en los temas que atañe a nuestra entidad.

Les recuerdo que fuera de los cargos de carrera administrativa en vacancia temporal o permanente, existen más de 350 cargos temporales de la planta de Regalías que deben surtir un procedimiento preferencial de encargo para nuestros funcionarios de carrera administrativa en cumplimiento de la Sentencia de la Corte Constitucional C-288 del 2014 y Circular 005 del 2014 de la CNSC.

Por lo anterior y observando el silencio de los Sindicatos respecto del tema de encargos, me complace informar que pese a no estar reglamentado internamente el procedimiento en la CGR, existe normatividad superior a nuestras reglas internas que obligan a poner en marcha el mecanismo de suplir los cargos temporales con funcionarios de carrera administrativa en la modalidad de encargo y ante el incumplimiento de directrices generales, cada uno de nosotros que reúna los requisitos del empleo y que por sus capacidades laborales y medidos en sus resultados quieran ejercer un cargo superior, en ejercicio del derecho de petición regulado por la Ley Estatutaria 1755 del 2015 (ya vigente), podrán solicitar ante la administración de la CGR, el cumplimiento de la sentencia de la Honorable Corte Constitucional C-288 del 2014 y la Circular de la CNC No. 005 del 2014 de la máxima autoridad de la carrera administrativa en Colombia, quien estableció los pasos para realizar en plantas temporales los nombramiento en encargo a funcionarios de carrera administrativa de la entidad. Se informa igualmente, que ante la negativa de la petición caben los recursos de reposición y apelación, que en firme y verificada la reincidencia nugatoria podrá ser demandado el acto administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa.

En particular he realizado la solicitud a la administración con respecto al cumplimiento de la sentencia C-288-2014 y la Circular 005 del 2014, una vez esbozado el criterio jurídico de Oficina de Talento Humano estaré informando del resultado de las acciones y las que proseguirán con respecto a este tema.

Por último, son 45 cupos para la especialización en Control Fiscal convenio CGR – Universidad Externado de Colombia. ¿Cuál será el proceso objetivo para su asignación? ¿ya se estarán priorizando y focalizando los potenciales beneficiarios?, solicitamos respetuosamente a la Oficina de Capacitación que el proceso de selección sea público y de cara a todos los funcionarios de la CGR.

Cordialmente,

HERNANDO MEDINA
Gestor “AFI CGR” Santander.

02/07/2015

ENCARGOS EN LA CGR:

He realizado una lectura del Acuerdo Colectivo 2015, firmado entre las Organizaciones Sindicales y la administración de la CGR, que por disposición legal es extensivo a todos los funcionarios y no logre identificar un compromiso con el tema de los encargos y el procedimiento objetivo para su provisión, rotación y preferencia, ni en lo que se refiere para aquellos empleos de carrera administrativa vacantes temporal o permanentemente, ni mucho menos con respecto a los nuevos cargos temporales de regalías.

Las prerrogativas formalizadas son las misma reivindicaciones de siempre y estaba a la espera de un pronunciamiento integral sobre este tema, de tal manera que plasmara un compromiso y oportunidad real a los potenciales funcionarios beneficiarios basada en criterios de equidad, igualdad, debido proceso, valoración de logros y resultados.

No es mi intención dejar en el ambiente interrogantes inquietantes como ¿si producto del beneficio de una clientela sindical, hoy quienes tienen el deber de precisar criterios sobre el tema de encargos, no tienen la fortaleza ética y moral de pedir a la administración del órgano de Control Fiscal, procedimientos competitivos para el asunto de encargos, que beneficien a todos los servidores públicos de la CGR?, pero es mi obligación, pues más de mil funcionarios avalaron y confiaron con su voto una participación activa en los temas que atañe a nuestra entidad.

Les recuerdo que fuera de los cargos de carrera administrativa en vacancia temporal o permanente, existen más de 350 cargos temporales de la planta de Regalías que deben surtir un procedimiento preferencial de encargo para nuestros funcionarios de carrera administrativa en cumplimiento de la Sentencia de la Corte Constitucional C-288 del 2014 y Circular 005 del 2014 de la CNSC.

Por lo anterior y observando el silencio de los Sindicatos respecto del tema de encargos, me complace informar que pese a no estar reglamentado internamente el procedimiento en la CGR, existe normatividad superior a nuestras reglas internas que obligan a poner en marcha el mecanismo de suplir los cargos temporales con funcionarios de carrera administrativa en la modalidad de encargo y ante el incumplimiento de directrices generales, cada uno de nosotros que reúna los requisitos del empleo y que por sus capacidades laborales y medidos en sus resultados quieran ejercer un cargo superior, en ejercicio del derecho de petición regulado por la Ley Estatutaria 1755 del 2015 (ya vigente), podrán solicitar ante la administración de la CGR, el cumplimiento de la sentencia de la Honorable Corte Constitucional C-288 del 2014 y la Circular de la CNC No. 005 del 2014 de la máxima autoridad de la carrera administrativa en Colombia, quien estableció los pasos para realizar en plantas temporales los nombramiento en encargo a funcionarios de carrera administrativa de la entidad. Se informa igualmente, que ante la negativa de la petición caben los recursos de reposición y apelación, que en firme y verificada la reincidencia nugatoria podrá ser demandado el acto administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa.

Por último, estar atentos son 45 cupos para la especialización en control fiscal convenio firmado entre la CGR y la UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA; los beneficiarios del Nivel Desconcentrado con viáticos de desplazamientos incluidos: ¿CUALES SERAN LOS CRITERIOS DE ESCOGENCIA Y OTORGAMIENTO DE ESTE BENEFICIO POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN CGR?. A activar los mecanismos de participación ciudadana y ustedes contribuyan con el control de la gestión pública a través de acciones concretas como solicitudes, requerimientos y peticiones ante la CGR., pues son 600 millones de pesos más el valor de los viáticos de quienes se tengan que desplazar a Bogotá D.C., los que se ejecutaran a través de este programa.

Atentamente,

HERNANDO MEDINA
Profesional Grado 02 Santander
Promotor “AFI CGR”

Dirección

Carrera 20 33 39
Bucaramanga

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