Abogados Colombia Bogota

Abogados Colombia Bogota ABOGADOS CIVILES Y DE FAMILIA.

Somos un grupo de profesionales egresados de la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, especialistas en todas las ramas del derecho.

29/04/2026

Sucesiones notariales en Colombia: una alternativa ágil para tramitar una herencia

Cuando una persona fallece, además del duelo familiar surge la necesidad de definir el destino de sus bienes, derechos y obligaciones. En estos casos, la sucesión notarial se presenta como una alternativa eficiente para adelantar la liquidación de la herencia cuando existe acuerdo entre los herederos.

¿Qué es una sucesión notarial?

La sucesión notarial es el trámite mediante el cual los herederos, de mutuo acuerdo, pueden realizar ante notaría la liquidación y adjudicación de los bienes del causante, sin necesidad de acudir a un proceso judicial.

Este procedimiento permite formalizar la transmisión del patrimonio del fallecido a sus herederos, respetando las reglas sucesorales previstas en la ley colombiana.

¿Cuándo procede una sucesión por notaría?

Este trámite es viable cuando:

Existe acuerdo entre todos los herederos y demás interesados.
Todos son plenamente capaces o están debidamente representados.
No existe controversia sobre los bienes o derechos hereditarios.
Los interesados actúan mediante apoderado, pues la ley exige la intervención de abogado.

Si hay conflicto entre herederos, desacuerdo sobre la partición o discusión sobre derechos sucesorales, generalmente deberá acudirse a la vía judicial.

¿Qué bienes pueden incluirse en la sucesión?

Dentro de una sucesión pueden incluirse:

Bienes inmuebles.
Vehículos.
Cuentas bancarias y productos financieros.
Acciones o participaciones societarias.
Derechos herenciales.
Otros activos y, en su caso, pasivos del causante.

Un adecuado inventario es fundamental para determinar la masa sucesoral y realizar una correcta partición.

Requisitos para iniciar una sucesión notarial

Usualmente se requiere:

Registro civil de defunción del causante.
Registros civiles que acrediten parentesco de los herederos.
Copias de documentos de identidad.
Relación e identificación de bienes.
Certificados de tradición de inmuebles.
Paz y salvos o soportes tributarios, cuando corresponda.
Poder otorgado a abogado.

Dependiendo del caso concreto, pueden requerirse documentos adicionales.

¿Cuáles son las ventajas del trámite notarial?

Entre sus principales beneficios se destacan:

1. Mayor agilidad

Frente a un proceso judicial, suele ser un trámite más rápido.

2. Menores costos procesales

Aunque existen gastos notariales y honorarios, puede resultar más económico que un litigio.

3. Seguridad jurídica

La adjudicación de bienes queda formalizada conforme a derecho.

4. Solución consensuada

Favorece acuerdos familiares y evita conflictos prolongados.

¿Qué pasa si hay testamento?

Si existe testamento, también puede tramitarse sucesión notarial, siempre que se cumplan los requisitos legales y no exista controversia entre interesados.

Es importante revisar la validez del testamento y su impacto en las asignaciones hereditarias.

La importancia de una asesoría jurídica adecuada

Aunque se trate de un trámite notarial, una sucesión requiere análisis técnico sobre:

Cuotas hereditarias.
Derechos de legitimarios.
Sociedad conyugal o patrimonial.
Pasivos sucesorales.
Saneamiento de títulos.
Implicaciones tributarias y registrales.

Una adecuada asesoría puede prevenir errores costosos y proteger los derechos de los herederos.

Conclusión

La sucesión notarial es una herramienta eficaz para formalizar herencias cuando existe acuerdo entre los interesados. Un trámite bien estructurado permite proteger el patrimonio familiar, evitar conflictos y garantizar seguridad jurídica en la transferencia de los bienes.

Si requiere asesoría en sucesiones notariales, estudio de cuotas hereditarias o acompañamiento integral en procesos de herencia, nuestro equipo puede orientarlo.

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25/03/2026

Uno de los temas que afecta de manera más visible a nuestra sociedad es la violencia intrafamiliar. veamos algunos aspectos importantes para este fenómeno:

tratamiento jurídico
Normatividad penal:
Artículo 229 del Código Penal (Ley 599 de 2000)
Configura el delito de violencia intrafamiliar cuando una persona maltrata física, psicológica o económicamente a un miembro de su núcleo familiar.
Bien jurídico protegido: la armonía y unidad familiar.
Sujetos: no solo cónyuges; incluye:
Compañero(a) permanente
Expareja (en algunos casos reconocidos por jurisprudencia)
Ascendientes, descendientes
Hermanos
Personas a cargo o bajo cuidado.

Tipos de violencia reconocidos:

No es solo golpes:

Física
Psicológica o emocional
Sexual
Económica o patrimonial

Agravantes (muy importante en la práctica)

El artículo 229 contempla aumento de pena cuando:

La víctima es:
Mujer
Menor de edad
Adulto mayor
Persona en condición de discapacidad
Hay reiteración de conductas
Se comete en presencia de menores

Normatividad por autoridad administrativa ( comisaría de familia)

Medidas de protección inmediatas (Ley 294 de 1996 y Ley 1257 de 2008)

Antes o paralelo al proceso penal, se pueden solicitar:

Desalojo del agresor del hogar
Prohibición de acercamiento
Protección policial
Cuotas de alimentos provisionales
Suspensión de tenencia de armas

Violencia contra la mujer (enfoque diferencial)
Ley 1257 de 2008
Reconoce la violencia como una forma de discriminación

Incluye:

Medidas de protección reforzadas
Atención integral (psicológica, jurídica, médica).

14/03/2026

¡Un saludo a mis nuevos seguidores! ¡Estoy feliz de que me sigan! Javier Zehir Sarmiento Perez, Sergio Duran Mendez, Cesar Cardenas Almario, Corpo Dess, Rodrigo Espitia

28/01/2026

¡Un saludo a mis nuevos seguidores! ¡Estoy feliz de que me sigan! El Negro Graciano, Fercho Diaz, Nelly Perez, Antonio Huertas, Yaneth Urrea, Antonio Dimäs, Leo Florez, Sam Powell, Maria Nayibe Tejada Montiel, Ana Patricia Rojas Sandoval, Coljuridica Myb, Liliana Arenas Surmay, Maria Nelly Trejos, Elkin Quintero, Pilar Astrid Lizarazo Macías

21/01/2026

¡Un saludo a mis nuevos seguidores! ¡Estoy feliz de que me sigan! Gustavo Castañeda, Charbel Alexander Elam Gonzalez, Yisela Torres, Wilson Collazos Diaz, Sergio Mejia, Heriberto Enrique Villa Valdes, Rafael Francisco Pérez Coneo, Juan Carlos Ramirez Julio, Oscar Machado, Santiago Borda Ibanez, Ferney Osvaldo Segura Castro, Sergio Morales

20/01/2026

¿QUÉ SON LAS CAPITULACIONES MATRIMONIALES?
Las capitulaciones matrimoniales son un contrato solemne que celebran dos personas antes de contraer matrimonio o unión marital de hecho, mediante el cual acuerdan cómo se manejarán sus bienes presentes y futuros, sus obligaciones económicas y, especialmente, si habrá o no sociedad conyugal o patrimonial.
En términos simples, permiten a la pareja definir reglas patrimoniales propias, distintas a las que la ley impone de manera supletiva.
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POR QUÉ SON IMPORTANTES LAS LAS CAPITULACIONES?
Las capitulaciones tienen una gran relevancia jurídica y práctica porque:
1. Protegen el patrimonio individual
o Especialmente importante cuando uno o ambos contrayentes tienen bienes previos, empresas, herencias o deudas.
2. Evitan conflictos futuros
o En casos de divorcio, separación o liquidación de la sociedad conyugal, reducen litigios largos y costosos.
3. Brindan seguridad jurídica
o Permiten claridad sobre qué bienes son propios y cuáles comunes.
4. Son esenciales para empresarios y profesionales
o Protegen sociedades comerciales, acciones, establecimientos de comercio y responsabilidades frente a terceros.
5. Permiten excluir o modificar la sociedad conyugal
o Se puede pactar separación total de bienes o reglas especiales de administración.
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EJEMPLOS PRÁCTICOS EN COLOMBIA
🔹 Ejemplo 1: Empresario o comerciante
Juan es dueño de una empresa antes de casarse. Mediante capitulaciones:
• Se establece que la empresa no hará parte de la sociedad conyugal.
• Las deudas empresariales no comprometen al cónyuge.
👉 Resultado: protección del negocio y del patrimonio familiar.
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🔹 Ejemplo 2: Bienes adquiridos antes del matrimonio
María posee un apartamento antes de casarse.
• En capitulaciones se deja constancia de que el inmueble es bien propio.
• Se pacta que los frutos o rentas también serán propios.
👉 Resultado: el bien no se divide en un eventual divorcio.
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🔹 Ejemplo 3: Unión marital de hecho
Carlos y Ana conviven y planean formalizar su relación.
• Pactan capitulaciones para excluir la sociedad patrimonial.
• Cada uno conserva independencia económica.
👉 Resultado: convivencia sin mezcla automática de patrimonios.
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🔹 Ejemplo 4: Protección frente a deudas
Uno de los cónyuges tiene obligaciones financieras previas.
• Se pacta que las deudas anteriores y futuras serán responsabilidad individual.
👉 Resultado: el otro cónyuge no responde con su patrimonio.

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10/01/2026

¡Un saludo a mis nuevos seguidores! ¡Estoy feliz de que me sigan! John Anderson Florido Cardona, Richar Trujillo, Margarita Deossa Berrio, Maximo Vicuña DE LA Rosa, Jose Murillo, Jorge Márquez, Marilin Otalora, Lesport Marlon, Alberto Ramirez B, Gustavo Alfonso Figueroa Porras

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01/01/2026

¡Un saludo a mis nuevos seguidores! ¡Estoy feliz de que me sigan! Romaldo Téllez, Ravadan Tatiana Yaile, Miguel Ignacio Gamba, Yasmaly Mazabel Torres, Antonio Ramos Marriaga, Khisna Prema Deby Dasi, Pimont Eventi, Sonia Esperanza Cespedes Murcia, Justicia Paz, Jhon Enrique Gonzalez Guardo, Ángel Gabriel Cabezas Oviedo

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