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DERECHO DE FAMILIA
Gongora Hernández abogados está altamente capacitado para defenderte en
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Estudiando con detenimiento la normatividad vigente del Derecho de Familia para atender cada uno de los casos y ayudar a las familias que pasan por

un inconveniente legal o requieren asesoría de profesional encaminando los trámites que le darán punto final al caso. DERECHO CIVIL
El derecho civil permite satisfacer las necesidades legales que surgen de las relaciones y obligaciones interpersonales; Gongora Hernández abogados cuanta con la capacidad de orientar y asumir procesos
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• Obligaciones y derechos entre los cónyuges respecto de los hijos, Patria potestad, custodia, investigación y/o impugnación de la paternidad

Contamos con la experiencia en procesos que surgen de las obligaciones civiles, naturales, y de los contratos que permiten garantizar el éxito de los mismos. DERECHO LABORAL
• Recursos y demandas contra acciones administrativos de la UGPP

12/05/2026
Por mayoría, la   de la  precisó que en un proceso reivindicatorio el poseedor de mala fe tiene derecho al reembolso de ...
08/05/2026

Por mayoría, la de la precisó que en un proceso reivindicatorio el poseedor de mala fe tiene derecho al reembolso de los gastos ordinarios y las mejoras necesarias, con el fin de evitar el enriquecimiento indebido del propietario.

⚠️ Corresponde al poseedor probar dichas erogaciones, pues la verificación oficiosa de las restituciones mutuas no lo exonera de la carga probatoria.
Cuando los gastos ordinarios no estén acreditados, por equidad se reconoce un 15% del valor de los frutos restituidos.
En cambio, no hay lugar al reconocimiento de mejoras útiles ni voluptuarias, por no ser indispensables para la conservación o productividad del inmueble. 🌟💼👍

🚦 Tienes dudas sobre la paternidad ☎️ 315 5522055
03/05/2026

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📧  FUERO DE ESTABILIDAD REFORZADA/CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS/RENOVACIÓN DEL CONTRATO. Corte Constitucional. Reg...
23/04/2026

📧 FUERO DE ESTABILIDAD REFORZADA/CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS/RENOVACIÓN DEL CONTRATO.

Corte Constitucional. Reglas establecidas en la jurisprudencia para la protección de las mujeres contratadas mediante contrato de prestación de servicios

19/04/2026

la inembargabilidad del salario mínimo, pero aclara las excepciones legales que permiten afectarlo.
​A continuación, se presenta un resumen técnico de los puntos clave basados en la normativa vigente (Código Sustantivo del Trabajo y Ley 100 de 1993)

​1. La Regla General: Inembargabilidad
​Por disposición legal (Artículo 154 del Código Sustantivo del Trabajo - CST), el salario mínimo legal o convencional es inembargable. Esta medida busca proteger el "mínimo vital" del trabajador, garantizando que reciba lo necesario para su subsistencia y la de su familia.
​Para salarios superiores al mínimo: Solo es embargable la quinta parte (20%) de lo que exceda el salario mínimo legal.

​2. Las Dos Excepciones Únicas
​Existen dos escenarios específicos en los que la ley permite embargar incluso el salario mínimo, y en un porcentaje mucho mayor (hasta el 50%):
​Pensiones Alimenticias: Procesos judiciales relacionados con el cumplimiento de obligaciones de alimentos (hijos, cónyuge o padres, según el caso).
​Créditos con Cooperativas: Deudas contraídas con cooperativas legalmente constituidas, siempre que exista una orden judicial.

​3. Requisitos para el Embargo
​Para que cualquier descuento o embargo sea procedente, se deben cumplir condiciones estrictas:

​Orden Judicial: Ningún empleador puede embargar el sueldo por cuenta propia; debe existir un mandamiento emitido por un juez.
​Límite del 50%: En los casos de alimentos o cooperativas, el descuento no puede superar la mitad del ingreso total (Artículo 156 del CST).
​Prohibición de Descuentos Unilaterales: El empleador no puede realizar retenciones sin autorización escrita del trabajador o sin la orden del juez, especialmente si afectan el mínimo vital.

​4. Contexto para 2026
​Con el salario mínimo fijado en $1.750.000 para el año 2026, cualquier acreedor que no sea una cooperativa o un beneficiario de alimentos solo podría intentar embargar el excedente sobre esa cifra, bajo la regla de la quinta parte. Por ejemplo, si un trabajador gana $2.000.000, solo los $250.000 excedentes son base de cálculo para un embargo común (20% de $250.000 = $50.000).

​Este marco legal asegura que, ante reclamaciones de bancos o acreedores comerciales, el grueso de la remuneración básica permanezca en poder del trabajador

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10/04/2026

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El respaldo estratégico de su tranquilidad legal.
04/04/2026

El respaldo estratégico de su tranquilidad legal.

Fideicomiso Civil en Colombia. Recientemente, la Superintendencia de Notariado y Registro emitió el concepto adjunto (SN...
01/04/2026

Fideicomiso Civil en Colombia. Recientemente, la Superintendencia de Notariado y Registro emitió el concepto adjunto (SNR2026CT-002582-8), que arroja luz sobre las dudas generadas por la Sentencia SC2119-2025 de la Corte Suprema de Justicia. Este documento es clave para entender cómo estructurar correctamente un fideicomiso civil y evitar su invalidez.
¿Condición o Plazo? El debate se centra en si la muerte del constituyente (quien crea el fideicomiso) puede ser pactada como una condición para la entrega de los bienes.

La Postura de la Corte Suprema: Fue contundente. Si la restitución de un bien depende únicamente del fallecimiento, estamos ante un plazo (un hecho futuro y cierto) y no una condición. Esta estructuración, según la Corte, conlleva a la inexistencia del acto.

La Clave para la Validez: Para que el fideicomiso sea válido, la muerte debe estar ligada a un elemento de incertidumbre. Por ejemplo, estipular que la restitución se hará si el fallecimiento ocurre dentro de un período específico o antes que otra persona. Ese factor incierto es lo que constituye una verdadera condición suspensiva.

Los momentos:

Fideicomisos en Trámite: Si el negocio jurídico aún no se ha perfeccionado y solo contempla la muerte como "condición", el trámite no debe continuar sin antes modificar la escritura para ajustarla a la ley.

Fideicomisos Posteriores a la Sentencia: Si una escritura se autorizó después de la sentencia y no incluye el necesario elemento de incertidumbre, el acto se considera inexistente y su inscripción debe ser rechazada.

Fideicomisos Anteriores a la Sentencia: Aquí es donde debemos ser más analíticos. La Superintendencia instruye a los registradores a inscribir estos instrumentos, argumentando que conservan su legalidad y que la sentencia no tiene efectos retroactivos. Sin embargo, y este es el punto clave, una cosa es el criterio administrativo para el registro y otra muy distinta es la validez del acto ante un juez. La inscripción en la oficina de instrumentos públicos no sana el posible vicio. La validez de estos fideicomisos siempre estará sujeta al pronunciamiento de una autoridad judicial competente. Un juez, al evaluar las circunstancias, podría perfectamente declarar la inexistencia del fideicomiso, aplicando el mismo razonamiento de la Corte Suprema.

25/03/2026

Corte Constitucional de Colombia reitera que la estabilidad reforzada de las personas en situación de debilidad manifiesta por razones de salud se aplica quienes tienen contratos laborales como a quienes tienen otro tipo de relaciones ocupacionales.

Sentencia T-522 de 2025
M.P. Paola Andrea Meneses Mosquera

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