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DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVONo toda irregularidad conlleva a la nulidad de la actuación administrativa o del acto.Las g...
28/02/2023

DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO
No toda irregularidad conlleva a la nulidad de la actuación administrativa o del acto.

Las garantías del debido proceso, aplicables a todos los procedimientos administrativos, cobijan la fase previa o de formación de los actos administrativos sancionatorios contractuales, dado que los administrados tienen derecho a ser oídos antes de que se tome una decisión, con el fin de controvertir y discutir los elementos que reúne la Administración de cara a la decisión que les afecta, como parte de las garantías mínimas previas derivadas de este derecho fundamental (…)

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REQUISITOS HABILITANTES Y PONDERABLESSubsanabilidad y aclaración de ofertas. Diferencias.Es procedente subsanar las ofer...
27/02/2023

REQUISITOS HABILITANTES Y PONDERABLES
Subsanabilidad y aclaración de ofertas. Diferencias.

Es procedente subsanar las ofertas en relación con documentos a través de los cuales se acrediten al mismo tiempo requisitos habilitantes y factores de ponderación, siempre que el documento subsanado no sea tenido en cuenta para la asignación de puntaje (…)

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CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOSSuspendidos unos apartes de la Directiva Presidencial No. 08 de 2022El Consejo de Es...
23/02/2023

CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Suspendidos unos apartes de la Directiva Presidencial No. 08 de 2022

El Consejo de Estado suspendió de manera provisional el aparte de la Directiva Presidencial No. 08 de 2022, que establece lo siguiente: “si tales contratos serán suscritos con personas naturales que ya tienen otros contratos de prestación de servicios con otras entidades públicas, lo cual verificarán previamente en la plataforma del SECOP”, contenido en el inciso 4º del numeral 1.1 de la Directiva (…)

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CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOSObligatoriedad de la Circular Conjunta No. 01 del 05 de enero de 2023.La temporalida...
23/02/2023

CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Obligatoriedad de la Circular Conjunta No. 01 del 05 de enero de 2023.

La temporalidad del contrato de prestación de servicios está determinada por el tiempo requerido para desarrollar el objeto para el que se celebra de acuerdo con lo establecido en los correspondientes estudios previos. En este sentido, el numeral 3 de la Circular Conjunta 01 del 05 de enero de 2023 no puede ser interpretado como una disposición que establece un plazo máximo de duración para los contratos de prestación de servicios, sino como una directriz administrativa orientadora tendiente a acompasar el proceso de creación de plantas temporales con la celebración de contratos de prestación de servicios durante la presente anualidad (...)

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COMPETENCIA PARA HACER EFECTIVA LA MULTANo se pierde por la expiración del plazo si ella se causó durante la vigencia de...
22/02/2023

COMPETENCIA PARA HACER EFECTIVA LA MULTA
No se pierde por la expiración del plazo si ella se causó durante la vigencia del contrato.

La interposición de los recursos en contra de un acto administrativo de multa no puede viciar de nulidad la imposición de multas, toda vez que la finalidad conminatoria de las multas se cumple con el acto primigenio (…)

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LA AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN ES OBLIGATORIAEn los procesos de Licitación Pública.En todos los procesos de licitación púb...
21/02/2023

LA AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN ES OBLIGATORIA
En los procesos de Licitación Pública.

En todos los procesos de licitación pública la adjudicación debe surtirse de forma obligatoria en audiencia pública, con el fin de satisfacer los principios de publicidad y transparencia pilares de la contratación estatal, así como también garantizar el derecho de contradicción y defensa, permitiéndoles a los oferentes: (i) pronunciarse acerca de las respuestas otorgadas por las entidades públicas frente a las observaciones al informe de evaluación; y (ii) dar respuesta a las observaciones que los intervinientes realicen acerca de sus ofertas. En este sentido, se señala que no es procedente la declaratoria de desierta de un proceso de Licitación, mediante acto administrativo, sin que medie la respectiva audiencia pública que debe surtirse de manera obligatoria (…)

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SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVONo opera frente a una solicitud de prórroga. Recae sobre un derecho preexistente.El sile...
20/02/2023

SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO
No opera frente a una solicitud de prórroga. Recae sobre un derecho preexistente.

El silencio administrativo positivo previsto en el Estatuto General de la Contratación requiere que el contratista solicite el reconocimiento de un derecho preexistente a la petición pues, el solo transcurso del tiempo no puede ser fundamento para el reconociendo de prestaciones económicas a favor de los colaboradores de la administración (…)

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RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO EN EL CONTRATO REALIDADLineamientos jurisprudenciales.El restablecimiento del derecho deriv...
17/02/2023

RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO EN EL CONTRATO REALIDAD
Lineamientos jurisprudenciales.

El restablecimiento del derecho derivado de la demostración de la existencia de una relación laboral cuando media un contrato de prestación de servicios, es el reconocimiento de la indemnización equivalente a las prestaciones sociales que no se cancelaron; sin embargo, pese a que a que se pruebe la relación laboral, lo anterior, no implica que persona obtenga la condición de empleado público. Es pertinente mencionar, en lo que respecta al restablecimiento del derecho, las siguientes premisas jurisprudenciales a saber: (…)

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16/02/2023

COMPONENTE DE IMPREVISTOS
Corresponde a un porcentaje para cubrir los gastos alea normal del contrato.

El componente de imprevistos del AIU, identificado con la sigla con la letra I, se refiere al porcentaje destinado a cubrir los gastos con los que no se contaba y que se presenten durante la ejecución del contrato, esto es, el alea normal del contrato, es decir, que no se asemeja a los imprevistos tratados bajo la teoría de la imprevisión, caracterizados por ser anormales y extraordinarios, tanto en su ocurrencia como en su magnitud. Mucho menos guardan relación con hechos imputables a alguna de las partes, calificables como infracciones al contrato (…)

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14/02/2023

LIQUIDACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO
La falta de ejercicio de dicha facultad no comporta incumplimiento contractual.

La liquidación unilateral se trata de una potestad radicada en cabeza de la entidad estatal para adoptar una decisión unilateral vinculante, de donde emerge que la falta de ejercicio de dicha facultad no comporta incumplimiento contractual a partir del cual pudiera atribuirse responsabilidad a la entidad contratante (…)

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DEBER DE REMITIR INFORMACIÓN A COLOMBIA COMPRA EFICIENTEAcceso de las MIPYMES al mercado de Compras Públicas.Las entidad...
13/02/2023

DEBER DE REMITIR INFORMACIÓN A COLOMBIA COMPRA EFICIENTE
Acceso de las MIPYMES al mercado de Compras Públicas.

Las entidades Estatales independientemente de su régimen de contratación, patrimonios autónomos constituidos por Entidades Estatales y particulares que ejecuten recursos públicos, deben remitir a la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente-, la información relativa al cumplimiento de las medidas establecidas para la promoción del acceso de las MIPYMES al mercado de Compras Públicas dentro de los dos (2) primeros meses de cada año, reportando la información del año inmediatamente anterior; esto es, las entidades obligadas tendrán como plazo máximo el 28 de febrero de 2023 (…)

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LIQUIDACIÓN BILATERAL DEL CONTRATORequisitos de las salvedades.Las partes no pueden resguardarse en salvedades genéricas...
08/02/2023

LIQUIDACIÓN BILATERAL DEL CONTRATO
Requisitos de las salvedades.

Las partes no pueden resguardarse en salvedades genéricas y vagas para luego hacer valer toda clase de reclamaciones en sede judicial; como por ejemplo, el reservarse el derecho a reclamar por los daños, sobrecostos y perjuicios sufridos con ocasión de la suscripción, ejecución y liquidación del contrato, frente a la cual no hay curso distinto que reconocer su ineficacia al provenir de una manifestación ambigua e imprecisa que no permite identificar los motivos de inconformidad del contratista. En este sentido, se resalta que son tres (3) los requisitos que deben cumplir las salvedades, que corresponden a los siguientes: (…)

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