05/05/2021
Somos expertos en Sucesiones, de acuerdo al Decreto 902 de 1988 las sucesiones pueden ser tramitadas ante notarias cuando es de mutuo acuerdo a través de abogado siempre qu los bienes a ser adjudicados superen los 30 SMLMV. En el caso que los herederos llamados a suceder no convenga el trámite se realizará por vía judicial. En cualquiera de los dos casos tenemos conocimiento y podemos ayudarlos