08/11/2017
Según circular Externa 024 de 2017, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, la licencia de maternidad en caso de parto prematuro se reconoce cuando el menor nace antes de completar las 37 semanas de gestación; esta información deberá estar incluida en la certificación que expida el médico tratante
En un parto prematuro la licencia de maternidad se reconoce cuando el menor nace antes de completar las 37 semanas de gestación, información que deberá estar certificada por el médico tratante para efectos de sumar el tiempo faltante para la fecha probable de parto a las 18 semanas de ley.