25/08/2026
¿Su vivienda o negocio sufrió daños por el sismo?
El Decreto 1261 de 2026 declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica para atender la calamidad y facilitar medidas de ayuda, reconstrucción y recuperación.
Por su parte, el Decreto 1226 de 2026 estableció plazos tributarios especiales para determinadas personas naturales, sucesiones ilíquidas y contribuyentes afectados. No significa que todos los impuestos o créditos hayan sido perdonados: deben revisarse los requisitos de cada beneficio. Ministerio de Hacienda
🏠 ¿Quién responde por los daños?
Depende de la causa y de cada caso: puede responder la aseguradora, la constructora si existen fallas atribuibles a la construcción, el propietario o la copropiedad respecto de zonas comunes. La declaratoria de emergencia no obliga automáticamente al Estado a pagar todos los daños.
✅ ¿Qué debe hacer?
No ingrese si existe riesgo.
Tome fotos y videos antes de reparar.
Informe por escrito al propietario o a la administración.
Solicite una evaluación técnica.
Reporte el daño a su aseguradora.
Conserve facturas, contratos, pólizas e informes.
📍 ¿A dónde acudir?
En Bogotá, comuníquese con la Línea 123, el IDIGER o la Alcaldía Local. En otros municipios, acuda a la Alcaldía, la oficina de Gestión del Riesgo o los bomberos.
⚖️ Antes de firmar acuerdos, reparar o presentar una reclamación, asesórese jurídicamente.