27/01/2022
De las salvedades en las actas y modificaciones contractuales
La jurisprudencia del Consejo de Estado durante algunos años defendió la tesis de que son improcedentes las reclamaciones sobre el restablecimiento económico del contrato si durante la ejecución del mismo se acordaron modificaciones, suspensiones, prórrogas, etc. y el contratista, en esas oportunidades, no dejó ningún tipo de salvedad o reclamación al respecto. Esta postura se edificó sobre el principio de la buena fe objetiva que rige las relaciones contractuales, e impuso una especie de “requisito de procedibilidad” para que el contratista pudiera elevar solicitudes con posterioridad a la suscripción de dichos acuerdos.
De las salvedades en las actas y modificaciones contractuales La jurisprudencia del Consejo de Estado durante algunos años defendió la tesis de que son improcedentes las reclamaciones sobre el restablecimiento económico del contrato si durante la ejecución del mismo se acordaron modificaciones, ...